Para ello debe usted valorar en cual de las siguientes opciones se encuentra:
- Tengo un contrato de CENTRO DE DÍA sujeto a CALENDARIO en el cual tengo detallado que cerramos el mes de AGOSTO. En este caso no tiene que hacer incidencia alguna, ya la máquina sabe de esta decisión y actuará en consecuencia en el copago del usuario y en la liquidación del centro.
- Tengo un contrato de CENTRO DE DÍA sujeto a CALENDARIO pero en mi calendario no tenemos el mes de AGOSTO como inhábil. Entonces debe introducir la incidencia de salida del usuario bajo el concepto SALIDA VACACIONES (cierre de centro). Es importante para que la máquina sepa que debe descontar al usuario el tiempo que esté en esta situación en su copago, ya que no recibe el servicio por decisión suya, si no por planificación del centro.
- Mi contrato no está sujeto a calendario alguno o soy un servicio distinto a CENTRO DE DÍA (teleasistencia, residencia, servicio ayuda domicilio, etc.) que abro todo el año. Entonces introduciré la incidencia de SALIDA DE VACACIONES o FINES DE SEMANA, sin detallar por cierre de centro, ya que el centro se encuentra abierto y es el usuario el que decide no hacer uso del servicio por lo que no recibe descuento alguno.
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