SANSONET – Decreto Ley sancionador incumplimiento de medidas de prevención sanitarias.

Te interesa saber que se ha publicado:

Decreto-Ley n.º 8/2020, de 16 de julio, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en la Región de Murcia para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableció una serie de medidas y pautas generales de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria, una vez superada la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad y finalizada la vigencia de la declaración del estado de alarma.

Para el adecuado desarrollo de lo previsto en el mismo y con el fin de garantizar el cumplimiento de las medidas generales que recoge, la Disposición adicional tercera del Decreto-Ley 7/2020, de 18 de junio, de medidas de dinamización y reactivación de la economía regional con motivo de la crisis sanitaria (COVID-19), habilita específicamente al Consejo de Gobierno para aprobar y modular, mediante Acuerdo, las medidas de aforo, desinfección, prevención, acondicionamiento y cuantas otras resultasen necesarias, de modo que pudiera integrarse en un único documento el conjunto de reglas esenciales que debían ser observadas por los ciudadanos y los diferentes sectores implicados en el desenvolvimiento de la actividad económica y social. A este efecto, se prevé en esta Disposición que la concreción, ejecución, inspección y control de la aplicación de tales medidas corresponda a cada una de las Consejerías y, en su caso, Entidades Locales que resulten competentes, en atención al régimen de distribución de competencias previsto en las Leyes. Por último, se contempla que las medidas resultarán de aplicación hasta la aprobación de un nuevo Acuerdo de Consejo de Gobierno que, en función de la evolución epidemiológica y a propuesta de la Consejería de Salud, determine dejarlas sin efecto, total o parcialmente.

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(Real Decreto completo)

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