SUSI: Nuevas intensidades en los informes electrónicos del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Como bien sabéis se ha publicado el Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Se publicó en el BOE 171 de miércoles 19 de Julio de 2.023.

Y con referencia al SAD, además de cambiar las prestaciones de vinculadas y establecer mínimos, configura unas nuevas intensidades.

  • GRADO I mínimo 20h y máximo 37h
  • GRADO II mínimo 38h y máximo 64h
  • GRADO III mínimo 65h y máximo 94h

Para recoger estas nuevas intensidades en los informes sociales se ha modificado SUSI, por lo que ya es posible introducir estos nuevos valores.

Aprovechamos este mismo instante para recordaros como se introducen estos cambios en la generación de informes sociales desde la Ventana Electrónica de peticiones de informes sociales, concretamente en la pestaña 6. VALORACIÓN.

(1) PRIORIDAD: Introduciremos un valor numérico de 1 a 9, empezando por el primero 1.

(2) SERVICIO: Escogeremos un valor de los servicios posibles de dependencia. Para ver la lista de los existentes pulsaremos (F9) y nos saldrá la lista de servicios disponible.

De escoger SAD, solo escogeremos uno de ellos o Atención Personal o Atención a las Necesidades Domesticas, ya que en cualquier de las dos opciones el sistema nos pedirá las horas para ambos servicios. POR LO QUE PARA SAD SOLO ESGEREMOS UNA DE LOS DOS SERVICIOS, de escoger los dos nos dará error y nos dejará pasar de la pantalla.

(3) INTESIDAD: pondremos en letra, si la más baja, la media o alta.

(4) HORAS ATENCIÓN PERSONAL: Horas de Atención Personal, indicaremos las horas que establecemos para el Servicio de SAD de Atención Personal.

(5) HORAS ATENCIÓN DOMÉSTICA: Horas de Atención Doméstica, indicaremos las horas que establecemos para el Servicio de SAD de Atención a la necesidades de Atención Doméstica en el Hogar.

La suma de (4) y (5), horas de atención personal + horas de atención domestica no podrá ser inferior o superior a los mínimos y máximos establecidos por su grado, que hemos indicado al principio de este artículo

(6) MOTIVACIÓN: Explicación breve de los motivos para dicha proposición.

(7) Botón ELIMINAR: Para quitar toda la línea en caso de que nos hayamos equivocado.

En este ejemplo vemos como hemos escogido el servicio SAD de Atención Personal (A), hemos indicado a letra nuestra propuesta de intensidad (B), indicamos las horas de atención personal (C) y a la vez indicamos las horas de Atención Domestica (D), sin necesidad de crear los dos servicios.

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