[01] – Fechas del cálculo. Fechas sobre las que se calculará el importe a incrementar en los documentos.
[02] – Calendario de días Hábiles. De tener esta marca obtenida de los parámetros del contrato de ICC-SANSONET, nos indica que solo debemos computar los días hábiles definidos en el calendario para el cálculo.
[03] – Calendario de días/mes . Nos indicará el número de días con los que operar en los conciertos de precio por día (hábiles o naturales según contrato), o número de meses en el caso de precios por mes.
[04] – Check de IVA . Trae de ICC-SANSONET si el contrato lleva incluido el IVA en el precio o por el contrario habría que aplicar a los importes el IVA en vigor.
[05] – % Reducción de la cantidad de copago de margen de seguridad . Cantidad decidida de reducción del importe de copago como margen de seguridad.
[06] – Cantidades de liquidaciones anteriores. Cantidades obtenidas de las liquidaciones ocurridas en el mismo periodo del año anterior. Se contabilizan el número de liquidaciones ocurridas, dado que no durante todo el periodo estuvieron ocupadas todos los meses el mismo numero de plazas.
[07] – Cantidades liquidación mes anterior al cálculo . Cantidades obtenidas de las liquidaciones ocurridas el mes anterior a la fecha de inicio del cálculo. Esto es debido a que los importes de la liquidación del mes de diciembre del año anterior son cargados en el presupuesto del año en curso.
[08] – Importe disponible. Importe que queda disponible del documento contable realizado para el pago de este contrato en el año en curso.
[19] – Importe inicial. Importe de importe consignado inicial del documento contable realizado para el pago de este contrato en el año en curso.

[08] – Precio anterior a la subida. Precio Día/mes según indica [2] con anterioridad a la subida de los precios, obtenido de CONVO para ese contrato.
[09] – Nuevo precio. nuevo precio a aplicar, en caso de ser por día es recuperado del régimen establecido para este contrato en ICC/SANSONET, de ser Mensual tendrá que se introducido por los gestores.
[03] – Días/mes . Nos indicará el número de días con los que operar en los conciertos de precio por día (hábiles o naturales según contrato), o número de meses en el caso de precios por mes.
[10] – Importe bruto. obtenido de la operación de multiplicar el nuevo precio [09] por los días o meses [03] de la diferencia obtenida en [01] del periodo del calculo.
[04] – IVA a aplicar. Iva aplicar al importe bruto total en caso de que el contrato no lleve incluido en el precio el IVA.
[11] – Total importe bruto contrato (sin copago). Importe resultante del importe bruto [10], incrementando el IVA [04] en el caso de tener.

[09] – Nuevo precio. nuevo precio a aplicar, en caso de ser por día es recuperado del régimen establecido para este contrato en ICC/SANSONET, de ser Mensual tendrá que se introducido por los gestores.
[10] – Importe bruto. obtenido de la operación de multiplicar el nuevo precio [09] por los días o meses [03] de la diferencia obtenida en [01] del periodo del calculo.
[12] – Copago aplicable. Cantidad de copago obtenida de aplicar los descuento por copago del Importe bruto. De donde:
[16] – Media Copago obtenida. % de copago obtenida de proporcionar la cantidad de copago y reserva de plaza con respecto al total de la liquidación obtenida con referencia al mismo periodo de cálculo [06].
[17] – Importe de copago T1. Importe obtenido de aplicar el % de copago obtenido [16] sobre el importe total bruto [10] .
[18] – Importe de copago T2. Importe obtenido de restar al copago T1 [17] restando el % de copago margen [05] sobre el importe copago T1 [17] . De donde: [18] = [17] – (( [17] * [05] ) / 100 ).
[13] – Aportación IMAS. Resultante de restar al importe bruto [10] menos el copago aplicable [12] .
[14] – Importe del IVA. En el caso de ser un contrato donde no lleva el IVA incluido.
[15] – Aportación IMAS IVA incluido. Aportación del IMAS [13] incrementado en el IVA [14].

[19] – Crédito consignado inicial. Resultante de restar al importe bruto [10] menos el copago aplicable [12] .
[20] – Importe de liquidación Diciembre. En el caso de ser un contrato donde no lleva el IVA incluido.
[21] – Importe a Autorizar. Diferencia del documento a realizar A+ o AD+ entre el importe Aportación IMAS Total [15] incrementado en la cantidad del importe total de la liquidación de diciembre (incrementado el iva en caso de tenerlo) [20], decrementado la consignación inicial [19]. De donde:
[21] = ( [15] + [20] ) – [19]
[22] – Documento contable a realizar. A o AD