PROTOCOLO DE MEDIDAS DE FLEXIBILIZACION EN CENTROS RESIDENCIALES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA POBLACIÓN VACUNADA
15 de marzo de 2021
Publicado con fecha de 27 de febrero de 2021 la orden conjunta de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y del Consejero de Salud, por la que se modifica la orden conjunta de 15 de febrero de 2021 de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y del Consejero de Salud, por la que se adoptan medidas sectoriales, de carácter temporal, aplicable a los centros y servicios de Servicios Sociales, expone en su Artículo 3 las medidas que se aplicarán con carácter temporal a los centros y servicios de servicios sociales de la Región de Murcia, con el fin de proteger y mitigar el impacto de la pandemia de COVID-19 en el segmento de población más vulnerable, en función del nivel de transmisión municipal vigente en el municipio donde se ubique el centro o se preste el servicio.
Es de vital importancia poner en valor la nueva situación de inmunidad generada en Residencias de personas con discapacidad, como resultado de la administración de la vacuna Pfizer-BioNTech tanto a usuarios como a trabajadores de las mismas, y la inmunidad generada por la enfermedad (anticuerpos IgG). Ambas situaciones y la inmunidad que generan, parecen proteger a las personas de nuevos contagios y/o de desarrollar enfermedad grave.
Debido a ello, aunque existe todavía incertidumbre relacionada con posibles fallos vacunales y la inmunidad ante las nuevas cepas, creemos importante flexibilizar algunas medidas preventivas para los residentes y familias correctamente vacunados (dos dosis con pauta correcta en el caso de vacuna Pfizer-BioNTech) y/o usuarios que han padecido la enfermedad COVID-19, durante los tres meses siguientes de haber superado la enfermedad y hayan generado anticuerpos neutralizantes IgG.
MEDIDAS GENERALES
Se debe informar a los residentes, trabajadores y familiares que, aunque existe un riesgo significativamente menor de padecer COVID-19 después de la vacunación, el riesgo no desaparece por completo ya que la vacuna no garantiza una protección total a todas las personas vacunadas.
Se debe garantizar el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención, tales como el uso de mascarilla, lavado de manos y distancia de seguridad, así como una ventilación adecuada.
Se permitirán las actividades grupales y el uso de las zonas comunes dentro del centro asegurando el cumplimiento del punto anterior.
RESIDENTES
VISITAS Y SALIDAS:
Se permiten las visitas y salidas programadas con familiares de dos horas con exigencia de mantener las medidas de distancia y de uso de mascarilla, limitando los contactos a grupos de convivencia de una misma unidad familiar.
Se permiten las salidas con familiares al domicilio con duración mínima de dos días, con exigencia de mantener las medidas de higiene y prevención mencionadas y limitándose los contacto al grupo de convivencia familiar. A la vuelta se realizará prueba de antígeno a los residentes y vigilancia de síntomas, con toma de temperatura, durante una semana.
Se permiten las salidas con familiares del mismo grupo de convivencia a establecimientos sanitarios con exigencia de mantener las medidas generales de higiene y prevención.
Se podrán realizar salidas terapéuticas, con los profesionales del centro, a establecimientos públicos evitando lugares concurridos o con aglomeraciones y el transporte público.
CUARENTENAS:
En contactos estrechos se mantendrán las cuarentenas (7 días).
No será necesario realizar cuarentena cuando se produzca el traslado entre centros.
Se realizará vigilancia de síntomas, con toma de temperatura diaria, durante una semana tras la vuelta de estancias prolongadas fuera de la residencia (> 7 días).
Las cuarentenas en la residencia se mantienen tras hospitalización y tras consultas en Urgencias en las que no se pueda garantizar un riesgo basal de contagio (consultas por síndrome febril, tos, disnea o diarrea).
TRABAJADORES
No se realizará cribado periódico de antígenos salvo cuando aparezcan síntomas y siempre y cuando el trabajador haya recibido pauta completa de vacunación.
Mantener las medidas de prevención e higiene para evitar el contagio, es decir, mantenimiento de distancia y mascarilla quirúrgica si el usuario es también portador de la misma. Si el usuario no lleva mascarilla, el trabajador deberá llevar mascarilla FPP2.
En caso de posible exposición a secreciones es recomendable también el uso de pantalla y de bata impermeable.
En aquellos centros en el que se comparta centro de día y residencia los profesionales que deban atender a usuarios de ambos servicios (enfermeros, médicos, fisioterapeutas…) deberán extremar al máximo las medidas de higiene cuando pasen de un servicio a otro.
Las medidas podrán aplicarse de forma escalonada y estarán en continua evaluación de manera que se relajarán o se harán más restrictivas en función de la incidencia de la enfermedad en la comunidad y su impacto entre usuarios y trabajadores de centros de día y residencias.
Este documento técnico ha sido elaborado y validado por profesionales del Servicio Murciano de Salud, de la Dirección General de Salud Pública , del Instituto Murciano de Acción Social y la colaboración del CERMI.