CORONAVIRUS – Recomendaciones con motivo de las vacunaciones contra el COVID-19 en Residencias de la Región de Murcia.

RECOMENDACIONES CON MOTIVO DE LAS VACUNACIONES CONTRA COVID-19 EN RESIDENCIAS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

Al objeto de evitar la propagación del Covid-19 en residencias y centros de personas con
discapacidad con motivo de la administración de vacunas que se inicia el 30 de diciembre en varios municipios de la Región, la Consejería de Salud emite una serie de recomendaciones que deberán ser respetadas para proteger a las personas más vulnerables que son los destinatarios estas vacunaciones.

-La vacunación es un acto sanitario voluntario y requiere que su realización se lleve a cabo en condiciones que faciliten las técnicas de preparación y administración de la vacuna conforme los protocolos establecidos para garantía de los vacunados. Debe evitarse cualquier elemento o circunstancia que pueda afectar al proceso de vacunación.

-Debe respetarse en todo momento el derecho a la intimidad y la privacidad de los residentes y trabajadores, quienes deberán otorgar en todo caso su consentimiento (directo o mediante tutor) para todas aquellas actuaciones que puedan tener repercusión pública.Se mantendrán y utilizarán rigurosamente los circuitos establecidos como seguros desde el punto de vista sanitario de acceso al centro, circulación y transito interno.

-En todo momento se deberá observar el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios de los centros. Especialmente los protocolos relativos al acceso y circulación por el interior de los centros que contemplan este hecho en exclusiva para los residentes, familiares, trabajadores del propio centro y sanitarios.

-Las visitas no sanitarias con motivo de las vacunaciones tendrán carácter excepcional y deberán ser previamente autorizadas, admitiéndose únicamente en zonas de exterior dentro del recinto, salvo para familiares que podrán acceder al interior, y siempre minimizando el tiempo de permanencia en ellas para reducir el riesgo.

-Los miembros de medios de comunicación y demás personas que sean excepcionalmente autorizados a acceder al exterior o recinto perimetral de los edificios, además de utilizar todas las medidas de protección, deberán mantener la distancia de al menos dos metros respecto de las personas vacunadas.

-Se ha de respetar la limitación de aforo y agrupación de personas, evitando cualquier acumulación que comprometa el mantenimiento de las distancias de seguridad y afecte al funcionamiento ordinario del centro.

-En todo momento se seguirán las indicaciones de los responsables de los centros durante la visita a los mismos.


EL DIRECTOR GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y ADICCIONES
José Carlos Vicente López

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