ATENCION SANITARIA – 3441. Información sobre la solicitud para recibir protección de la salud y atención sanitaria a las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en territorio español

La presentación de la solicitud  de asistencia sanitaria a las personas extranjeras que encontrándose en España que no tengan su residencia legal en territorio español, 

Destinatarios: Personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en territorio español.

Tramitación: inmediata.

Plazo: sin plazo, ABIERTO PERMANENTEMENTE, periodicidad CONTINUA.

El acceso a la asistencia sanitaria requerirá la previa solicitud del interesado + declaración responsable (ambas firmadas).En caso de proceder de un país con el que España aplica una norma internacional de Seguridad Social que incluya la cobertura sanitaria, la persona solicitante deberá aportar adicionalmente un certificado emitido de que no procede la exportación de la cobertura sanitaria a su cargo (se aplica principalmente a ciudadanos de países de la UE, Suiza, Reino Unido, Andorra y Chile).

Para presentar declaración responsable se deberá acreditar su identidad y residencia habitual (mínimo 90 días en territorio español) mediante la aportación de la siguiente documentación:

Acreditación de Identidad:

Preferentemente pasaporte. o documento oficial de identidad, expedido por la Administración de su país de origen. En ausencia de los anteriores, será válida la presentación de otro documento emitido por la Administración de su país de origen que pueda acreditar la identidad de la persona conteniendo al menos una fotografía.

En el caso de personas menores de edad sin pasaporte o documento oficial de identidad, está se podrá acreditar mediante certificado de nacimiento, libro de familia o documento oficial de tutela/guarda por parte de una identidad pública o tutor designado judicialmente. Estos documentos sustituyen al pasaporte para el reconocimiento del menor.

Acreditación  residencia habitual: 

Certificado o volante de empadronamiento actualizado (necesario que conste domicilio para asignar zona básica de salud). En su ausencia , para acreditar la residencia habitual es necesario otro documento  por el  que se pueda verificar su residencia habitual. Documentos validos:

Certificado de matriculación en un centro educativo público o concertado de la comunidad autónoma o de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Certificado de escolarización de personas menores de edad a cargo en un centro educativo público o concertado de la comunidad autónoma o de las ciudades de Ceuta y Melilla. 

Carta de viaje expedida por el consulado. 

Certificado de registro de visitas emitido por un servicio social de base de una entidad local, de una comunidad autónoma o ciudad autónoma, o por trabajadores sociales colegiados que presten sus servicios en organizaciones no gubernamentales declaradas de utilidad pública en virtud con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 

Facturas de suministros de luz, gas, agua, telefonía o Internet, a nombre de la persona solicitante, que acrediten un domicilio. 

La cédula de inscripción emitida por la Policía Nacional o resolución de Fiscalía sobre determinación de la edad. 

 Documento de inscripción consular. 

Certificado emitido por un centro de la red pública de centros de migraciones. 

Estar empadronado actualmente en algún municipio de la Región de Murcia. 

Puedes obtenerla en el siguiente enlace.

Documentación en SEDE

Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

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