El pasado 23 de Enero de 2026 se realizó la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria para personas que viven en centros residenciales, en el Salón de Actos del Archivo General de la Región de Murcia. Programa y detalles de la convocatoria de la jornada en este enlace.
Se presentó el nuevo modelo de la atención integrada socio y sanitaria para personas que viven en centros residenciales. Adjuntamos el documento de desarrollo y presentación del modelo.
Hasta ahora disponíamos de una sola opción en nuestro menú de Operaciones Diarias de usuarios del Centro, donde encontrábamos todas las funcionalidades disponibles en función de nuestros permisos y categoría laboral.
Sin embargo, la nuevas necesidades y prestaciones del seguimiento social-sanitario, hace que sea necesario distinguir de aquellas utilidades solo necesarias para la gestión administrativa, de aquellas otras destinadas a la gestión socio-sanitaria. Esto nos lleva a una nueva necesidad de disponer de dos gestiones distintas, dependiendo de nuestro perfil profesional y de nuestros permisos.
Tendremos separadas ambas gestiones, pudiendo acceder a uno u otra gestión según nuestra necesidad profesional y no todo junto en una malgama de posibilidades. Así pues:
UNO. En Usuarios del Centro (Gestión Administrativa) encontraremos todo el conjunto de prestaciones y necesidades de la gestión administrativa. Para saber más pulsa este aquí.
DOS. En Usuarios del Centro (Gestión Socio-Sanitaria) encontraremos todas las prestaciones necesarias para el seguimiento de nuestros pacientes o trabajadores, y a continuación detallaremos.
Gestión de Usuarios del Centro opción SOCIO-SANITARIA
En ella encontraremos a los Usuarios del Centro Físico (varios centros ICC que comparten espacio). Nos mostrará su DNI, Nombre, edad, fecha de ingreso y si sus datos son o no consultables en AGORA.
Situándonos en el usuario sobre el que queremos consultar, podremos realizar:
UNO. Desplegable de la opciones más utilizadas según nuestros permisos.
Ordenación. Permite ordenar los datos visualizados por diversos criterios y combinación de ellos.
Excel. Obtiene un excel de los usuarios preseleccionados en la vista que se tiene activa.
Documentos del usuario de ROSA. Visor del archivo electrónico de este usuario del servicio de los documentos generados, subidos o gestionados a través de ICC/SANSONET u otros expediente relacionados.
Ficha Sanitaria. Accede a la ficha Sanitaria de Sansonet, de enfermedades más significativas, grado de discapacidad, grado de dependencia, consumo de pañales, etc…
Consultas de altas/bajas del SMS. Muestra el histórico de Altas y Bajas como paciente de la población en AGORA
Ver Hospitalizaciones. por consultaremos las hospitalizaciones de un residente. Ver más.
Ver Vacunas. por esta opción podremos consultar las vacunas de este residente. Ver más.
Ver Pruebas Epidemiológicas. podremos consultar las pruebas epidemiológicas de nuestros usuarios. Ver mas.
DOS. Botón VISI que de tener permisos como Trabajador@ Social nos llevará a la historia única Social de nuestro residente. Mas sobre VISI (Historia Única Social).
TRES. Botón AGORA que de tener permisos como Médic@/Enfermer@/Trabajador@ Social nos llevará a la historia única Social de nuestro residente.
CUATRO. Botón EDITAR accederemos a los datos administrativos.
Como habréis podido observar, a partir de Enero de 2026 en todos vuestros procedimientos donde podíais solicitar por PETIDOC el Registro de Prestaciones, ya no está en la lista de interoperabilidad permitidas para ese procedimiento, en su lugar encontraréis la CONSULTA DE PRESTACIONES TARJETA SOCIAL DIGITAL.
Este cambio también implica un cambio en el formado de la información recibida, donde se expresa de modo diferente y con otros mayor nivel de detalle de la información.
Pero estos cambios no solo se producen en el formato de expresión y en el tipo de certificado de internet que solicitar, también se producen en su codificación, ya que los códigos utilizados de las pensiones ya no son como estaban codificados en el Registro de Prestaciones, ya que ahora, en TSD estás prestaciones tienen distintos códigos y la entidades emisoras también.
Antes en el Registro de Prestaciones el Ingreso Mínimo VitalAhora en la Consulta de Prestaciones del TSD
Por lo que os adjuntamos las correspondencias en la siguiente tabla.
Nos complace invitarle a la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria para personas que viven en centros residenciales, que se celebrará el próximo 23 de enero de 2026, en el Salón de Actos del Archivo General de la Región de Murcia, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Esta jornada tiene como objetivo dar a conocer el modelo impulsado de manera conjunta por el sistema sanitario y el sistema de servicios sociales de la Región de Murcia, orientado a reforzar la coordinación sociosanitaria, la continuidad asistencial y la atención centrada en la persona en el ámbito residencial.
A lo largo de la sesión se abordarán, entre otros aspectos, el marco de gobernanza y liderazgo institucional, los elementos clave del modelo, su aplicación práctica y los avances en interoperabilidad entre sistemas.
Adjuntamos el programa completo de la jornada, donde puede consultar el detalle de las mesas y ponencias previstas.
La inscripción previa se podrá realizar hasta completar aforo, a través del código QR incluido en el programa
o pulsando en inscríbete.
Esperamos poder contar con su presencia.
Reciba un cordial saludo,
Equipo de Coordinación Sociosanitaria
Acceso online a la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria en centros residenciales.
Desde el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y el Servicio Murciano de Salud (SMS) queremos agradecer el interés mostrado en la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria para personas que viven en centros residenciales, que se celebrará el próximo 23 de enero, en horario de 9:00 a 14:00 en el Archivo General de la Región de Murcia.
La limitación de aforo del espacio hace que no sea posible atender todas las solicitudes de asistencia presencial. Por este motivo, y con el fin de facilitar el acceso a los contenidos de la jornada al mayor número posible de personas interesadas, el acto se retransmitirá en directo en modalidad online.
La sesión quedará grabada, de manera que podrá ser visualizada posteriormente por aquellas personas que no puedan seguirla en directo o que deseen revisarla con posterioridad.
Ya se están distribuyendo a través del servicio de correos las declaraciones anuales correspondientes a este año 2026. A lo largo de esta semana irán llegando a los domicilios.
No obstante, puede que algún interesado no reciba su borrador por diversos motivos por lo que os recordamos en artículo de este blog como imprimírsela al interesado en caso de solicitarla, así como confirmársela en ese mismo instante.
De igual manera para aquellos interesados en Residencias o Centros de Día que sean beneficiarios de PNC, en ICC-SANSONET disponemos de una opción para obtenerla de todos ellos, así como, de confirmársela en caso de que no haya variaciones.
RECUERDE: Solo vale para confirmar la declaración, en caso de existir variaciones debe presentarlas electrónicamente con dni o certificado electrónico en el siguiente enlace: https://sede.carm.es/jAD/IMAS/F0855.xhtml o mediante solicitud en papel presentada ante un registro público, puede obtener el modelo en: Modelos en SEDE de Declaración anual
Durante esta semana del 26 al 31 de Enero de 2026, le serán remitidas por SEDE ELECTRÓNICA y/o DEH (Dirección Electrónica Habilitada), el acuerdo de Intercambio de Datos en Entorno Cerrado de Comunicaciones para el acceso e intercambio de información de la Historia Única Social y Sanitaria.
A continuación le indicamos el procedimiento a seguir:
01. Notificación del borrador de Acuerdo de Intercambio de Datos. El Imas habrá confeccionado el documento de acuerdo para cada Residencia Concertada/Conveniada de las diversas entidades. Le comunicará que a partir de ese momento tiene a la firma del Representante Legal el anexo I de este acuerdo.
02. Firma común del Acuerdo. El representante legal de cada entidad tendrá en el portafirmas de la CARM dicho documento a la firma, requiere de DNI o certificado electrónico del Representante de la Entidad Legal. Para saber como utilizar el portafirmas de la CARM y firmar el documento pulse aquí.
03. Descarga del documento firmado. Profesionales del Imas bajarán los documentos de acuerdo una vez firmados por ambas partes y lo adjuntarán a su correspondiente expediente CPID.
04. Notificación de la acuerdo firmado. El sistema emitirá una notificación electrónica a cada entidad adjuntándole el documento de acuerdo firmado por ambas partes. Lo podrá recuperar la entidad en SEDE ELECTRÓNICA y/o DEH.
05. Traslado de documento del expediente CPID al expediente de concierto social CSOC. El sistema obtendrá una copia del original que adjuntará al expediente del concierto social/convenio.
06. Solicitud de los diversos profesionales del centro suscrito a las Historias Únicas. Una vez suscrito el acuerdo, los diversos profesionales de ese centro podrán solicitar su correspondiente acceso. El protocolo para pedirlo lo puede revisar en el siguiente enlace: enlace
07. Concesión del permiso de acceso. Para ello su solicitud pasará por un estricto control de requisitos. Una vez completado se le comunicará el acceso a las plataformas: enlace
Una vez se le comunique que ya dispone de alta en el sistema se le facilitará un usuario y una clave inicial que debe cambiar. En dicho correo le facilitará las instrucciones para su primer acceso y como cambiar su clave.
SOLO PODRÁ ACCEDER DESDE LA INTRANET O EUCLIDES.
Para ello habrá recibido por correo electrónico unas instrucciones como las siguientes:
Buenos días,
El usuario con código 30AU2420 ha sido dado de alta en TSD y RPSP; para acceder debe seguir estas instrucciones. Adjunto guías técnicas para acceso.
La Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) nos ha comunicado que, desde el pasado día 6 de octubre, se ha aplicado una nueva política de contraseñas en la que la contraseña inicial de un solo uso (tanto en alta de un usuario como en una reactivación) ya no será de longitud 8 (si no más larga) y se establecerá con el siguiente formato (excepto para los usuarios xxWUxxxx, que continúan con la contraseña corta):
Por ejemplo, para un usuario con NIF 07243444F:
Se toma el NIF completo (9 caracteres) en mayúsculas: 07243444F
Se añade la letra del documento en minúsculas al comienzo: f07243444F
Se inserta un guion por cada 2 caracteres. La contraseña resultante será:
f0-72-43-44-4F
Para cambiar la contraseña inicial, explicada arriba, tienen que entrar en la dirección:
Tras introducir, en la pantalla anterior su usuario SILCON y la clave de un solo uso (es decir, f0-72-43-44-4F en el ejemplo) saldrá la siguiente pantalla en donde tendrá que teclear de nuevo su usuario y la contraseña de un solo uso (es decir, f0-72-43-44-4F en el ejemplo).
Y después aparecerá la siguiente pantalla en la que tendrá que teclear: en primer lugar, en el campo “Contraseña actual”, la contraseña inicial (es decir, f0-72-43-44-4F en el ejemplo), en segundo lugar, habrá de teclear una nueva contraseña personal, (en el campo “Nueva contraseña”), en tercer lugar, ha de repetirse esta nueva contraseña en el campo “Repita nueva contraseña”.
Y esta nueva contraseña personal ha de cumplir NUEVOS REQUISITOS que cumplan la nueva política de contraseñas de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) que se explican a Continuación.
Esta nueva política sólo se aplicará a las nuevas contraseñas que se establezcan a partir de ese momento, por lo que se podrá seguir utilizando todavía la contraseña actual mientras no expire o sea reiniciada por activación del usuario. Al establecer una nueva contraseña (ya sea cuando expire o en cualquier otro momento) se deberá cumplir la Política de contraseñas con los requisitos que detallan a continuación: • Se distingue entre mayúsculas y minúsculas. • Debe tener una longitud entre un mínimo de 12 y un máximo de 32 caracteres. • Debe contener al menos: Una letra minúscula Una letra mayúscula Una cifra numérica. Un símbolo. • No debe contener los caracteres: Ñ ñ # [ ] ! / ^ • No puede contener 3 o más caracteres consecutivos idénticos. • No puede contener el identificador SILCON de usuario. • La nueva contraseña no debe coincidir con las 5 últimas utilizadas.
¿Cómo se consulta en INFOTSD?
Una vez haya realizado los pasos anteriores y ya tenga activo usuario y clave, el acceso a INFOTSD se hará desde el siguiente link:
El usuario debe teclear su código de usuario. Normalmente sigue el formato ppYYxxxx, donde pp es código provincia, YY es el código de entidad, y xxxx es el código propio del usuario.
Una vez abierto el portal de conexiones externas de la Seguridad Social, debe de pulsar el Icono indicado:
Se mostrarán las aplicaciones que tiene autorizadas el usuario. En este caso, debe buscar y usar la marcada. En esta pantalla también puede marcar como favorita la aplicación de forma que ya siempre le aparecerá en sus favoritos sin necesidad de volver a buscarla. Para ello, pulse la estrella que hay al lado de la aplicación.
Tal y como venía anunciando el INSS, Instituto Nacional de la Seguridad Social, desde el 1 de Enero de 2026 ha sido sustituido el anterior Registro Nacional de Prestaciones Sociales por la Tarjeta Social Digital.
Esto significa que ya no están activas las interoperabilidades del Registro General de Prestaciones y tampoco los acceso directos de información a través de la plataforma SILCON.
Las interoperabilidades anteriores han sido sustituidas por unas nuevas de TSD, que de modo automático por propuesta de la Inspección General de Servicios (IGS) serán sustituidas en DEXEL los certificados anteriores por estos nuevos.
En cuanto a los permisos que se tenían de uso de las interoperabilidades del Registro de Prestaciones, quedarán homologados a estos nuevos necesarios del TSD, sin que haya que pedirlos de nuevo por cada gestor autorizado de cada procedimiento.
Estos cambios en la interoperabilidad se producirán en cuanto tenga efecto el convenio de RED SARA con el INSS que la CARM, estará o está tramitándose.
Sin embargo, distinto es el acceso a INFOTSD, donde esta equivalencia no se realizará de modo automático en el INSS, sino que cada autorizado anteriormente para el acceso a SILCON, lo tiene que pedir para INFOTSD.
Tampoco el convenio de la CARM de interoperabilidad con el INSS cubre esta prestación de acceso directo a la información, ni anteriormente con SILCON, ni en la actualidad con la Tarjeta Social Digital (TSD), para ello hay que tener firmado un convenio distinto de Tarjeta Social Digital, y este convenio no está firmado a nivel CARM, sino lo tiene firmado la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y su órgano autónomo el IMAS.
¿Cómo solicito este acceso a INFOTSD?
En este momento y de modo provisional, hasta que se formalice por parte de Secretaría General de la Consejería de Política Social, el procedimiento y su alcance, se solicitará a esta Consejería a través del procedimiento 3090, formulario electrónico destinado a la solicitud de acceso a plataformas sociales y sanitarias, pero el solicitante tendrá que cumplir los siguientes requisitos:
1. Realizar tareas de empleado Público para la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad o para el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
2. Disponer de certificado electrónico tanto para su solicitud como para la firma de la confidencialidad.
3. Que dicho acceso sea validado por su superior de modo electrónico.
4. Firmar electrónicamente la confidencialidad de alto nivel para plataformas social y sanitarias.
5. Estar de alta laboral
A través de este sistema no se dará a nadie que no pertenezca a la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad o del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
¿Cómo es el procedimiento de solicitud?
El procedimiento es como cualquier otra solicitud a través del procedimiento 3090 de acceso a Plataformas Sociales y Sanitarias. Este procedimiento está acogido a la normativa del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) para datos de ALTO NIVEL, dejando una trazabilidad no solo de los accesos electrónicos sino de todo el procedimiento y comprobaciones a realizar para permitir el acceso. Por este procedimiento además de solicitarse el INFOTSD, también se solicitan los accesos a: – VISI, Historia Única Social de la CARM, – AGORA+ Acceso a la Historia Única Sanitaria del SMS – MIRA Gestión de Dispensación de medicamentos del SMS. – y otras plataformas..
Para solicitar el acceso debes acceder al formulario electrónico con certificado o dni electrónico:
El procedimiento es como cualquier otra solicitud a través del procedimiento 3090 de acceso a Plataformas Sociales y Sanitarias. Este procedimiento está acogido a la normativa del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) para datos de ALTO NIVEL, dejando una trazabilidad no solo de los accesos electrónicos sino de todo el procedimiento y comprobaciones a realizar para permitir el acceso. Por este procedimiento se solicitan los accesos a:
– VISI, Historia Única Social de la CARM, – AGORA+ Acceso a la Historia Única Sanitaria del SMS – MIRA Gestión de Dispensación de medicamentos del SMS. – Registro de Funcionarios Habilitados. – y otras plataformas.
PROCEDIMIENTO PASO A PASO.
01. Solicitud de acceso a la plataforma. Para solicitar el acceso a la plataforma podemos realizarlo de dos formas distintas:
– Desde formulario electrónico: para ello utilizaremos certificado o dni electrónico. Accederemos desde el siguiente enlace:
– Desde otras plataformas internas que tengan la posibilidad de gestionar usuarios, como ICC-SANSONET, SUSI y CATI.Para saber más como hacerlo pincha aquí.
02. Comprobación de Requisitos. Cada plataforma requiere de unos requisitos para su acceso, en este paso, el sistema comprueba que el solicitante cumpla con todos los requisitos exigidos para la plataforma requerida.
De requerir esta plataforma confidencialidad y de no tenerla el solicitante, seguiremos por el paso 03, de no ser así seguiremos por el paso 05.
03. Solicitud de Confidencialidad. El sistema elaborará una petición de firma de confidencialidad, generando un documento con un expediente y un enlace para que el solicitante firme su confidencialidad, para ello hay que tener un certificado o dni electrónico. Esta petición será notificada por SEDE ELECTRÓNICA y por correo electrónico al solicitante.
04. Firma de Confidencialidad. El solicitante accederá al enlace facilitado e introducirá el código del expediente facilitado para realizar la aceptación y conocimiento de la confidencialidad y medidas de seguridad. Lo tendrá que hacer con DNI o certificado electrónico. Para saber más sobre este proceso. Dispondrá de 10 días hábiles para la firma, transcurrido este tiempo se entenderá desistido en su solicitud.
05. Bastante y valoración de la propuesta. El sistema tras la comprobación de requisitos del paso 02 o tras la firma de la confidencialidad, propondrá que se CONCEDA o DENEGADA la solicitud cursada. En el caso de que sea DENEGADA propondrá los diversos motivos que se incumplen.
06. Comunicación al solicitante. El sistema mediante un documento comunicará al solicitante si su solicitud ha sido concedida o denegada y de haber sido denegada por los motivos que ha incumplido con respecto a los requisitos exigidos.
07. Alta de usuario en el sistema, roles y permisos por perfiles. El sistema procederá a la alta o modificación del usuario en el sistema, aplicará los roles, permisos y acceso a centros según corresponda en su perfil profesional y plataforma elegida.
08. Solicitud automatizada de acceso derivado a otras plataformas. Es posible que a través de este sistema hayamos solicitado acceso a otras plataformas que no son de gestión del sector social de la Consejería de Política Social o Imas, de ser así, el sistema comunicará o derivará esta alta a ese sistema. Dependiendo del ente o sistema externo, requiere de un documento sellado de petición, o alta manual por personal de GEAS en aplicaciones Regionales o Estatales, como sería el caso del Registro General de Funcionarios Habilitados o INFOTSD.
Valga el siguiente ejemplo en caso de la solicitud de Agora+ al sistema del SMS, este proceso en la actualidad se está automatizando.
En una gestión de atrasos tenemos dos actuaciones totalmente diferencias, la fase del cálculo de esos atrasos y el pago inmediato de estos importes contra el ejercicio actual, fase contable ADOK, y una siguiente actuación que corresponde a los efectos e importes a ampliar a consecuencia de esta actualización que se traduce en fases contables de A+ y D+ plurianuales por concierto.
En este caso nos centraremos en el primer tipo de actuación, el cálculo de estos importes y su pago con cargo al ejercicio actual, expedientes ATRL que corresponden a una gestión globalizada por año de atrasos, expedientes RATR, y cuya gestión se realiza parte en la plataforma ICC-SANSONET encargada de las liquidaciones mensuales de las estancias y servicios, y el resto en la plataforma GTS.
En cuanto la segunda actuación de su impacto en las fases A+ y D+ plurianuales serán mediante expedientes VSOC asociados a su expediente de Contrato Social, CSOC. Para saber más sobre este asunto pulse aquí.
En la gestión de este procedimiento, los pasos a seguir son:
PASO 01. Plataforma ICC-SANSONET. Cambio de nuevos precios actualizados en los contratos. Actualizaremos en todos los contratos y servicios los nuevos precios a aplicar. Una vez realizado realizados los cambios de precio, el sistema recalculará por centro las liquidaciones ya practicadas al nuevo precio, obteniendo una diferencia, entre lo que se liquidó, y lo que se tenía que haber liquidado.
PASO 02. Plataforma ICC-SANSONET. Las entidades y centros, desde esta plataforma podrá revisar estos cálculos, abriéndose un plazo para que estas comuniquen aquellas desviaciones o importes que crean equivocados. El uso y manejo de estas opciones en la plataforma lo tienen detallado en el siguiente enlace. De estar de acuerdo con los cálculos efectuados la entidad obtendrá un documento de aceptación y notificación de estos atrasos, momento en el que sea crea en nuestro sistema un expediente ATRL
PASO 03. Plataforma ICC-SANSONET. De estar de acuerdo con los cálculos efectuados la entidad obtendrá un documento de aceptación y notificación de estos atrasos, momento en el que sea crea en nuestro sistema un expediente ATRL dejando en el estado 1210, pendiente de recibir firmado electrónicamente la aceptación y notificación de los atrasos.
PASO 04. Plataforma ICC-SANSONET. La entidad subirá desde esta plataforma el documento de aceptación y notificación firmado, momento en que nuestro expediente ATRL se actualizará al estado 3000, pendiente de recibir la factura electrónica de la entidad y la carga de sus datos.
PASO 04. GTS estado 3000. Los distintos servicios revisarán los expedientes ATRL completando en su ficha los datos correspondientes a la factura presentada por la entidades de modo electrónico a través de TRAMEL.
PASO 05. GTS estado 4920. El sistema realizará un INFORME PROPUESTA de las Subdirecciones proponiendo el pago, este informe lo firmarán la Subdirección de cada Dirección General.
PASO 06. GTS estado 6270. El expediente se quedará en espera de ser incluido en un formato excel junto a otros expedientes ATRL agrupados por CPV, para ser procesado y generar los documentos contables ADOK necesarios.
PASO 07. GTS estado 8030. El expediente ATRL ha sido incluido en un disco generado (remesa) desde su expediente general RATR y enviado a gestión económica para que este lo procese, generando los documentos ADOK necesarios.
PASO 08. GTS estado 4960. El expediente ATRL junto a otros expedientes ATRL cuyos documentos han sido generados (Remesa) son enviados a Intervención para que sean intervenidos. La intervención revisará los siguientes documentos:
– Documento de Notificación y aceptación de la entidad firmado. – Factura presentada por TRAMEL, – Conformidad del responsable de la factura, – Informe propuesta debidamente firmado, siendo los firmantes correspondientes dependiendo de ser mayor o menor de 30.000.
PASO 09. GTS estado 4961. Ya ha sido revisado por la inspección y emitido el correspondiente informe de intervención.
PASO 10. GTS estado 5020. El sistema realiza la correspondiente resolución de contabilización del documento ADOK, que será firmado por las Direcciones Generales en caso de menor de 30.000 euros, o por la Dirección Gerente en cantidades superiores a 30.000 euros.
PASO 11. GTS estado 8031. El sistema enviará un mensaje adjuntando la resolución al departamento de contabilización para que este contabilice el correspondiente documento.
PASO 12. GTS estado 7243. Notificación, se notifica mediante SEDE ELECTRONICA/DHE a las entidades la Resolución firmada.
PASO 13. GTS estado 9900. El sistema creará un expediente VSOC por cada expediente ATRL, recalculado las cantidades a incrementar los A+ y D+ (segunda parte) para que a través de la gestión de GTS se hagan los correspondientes documentos plurianuales.