Cuando introducimos una nueva solicitud de Tarjeta de Estacionamiento debemos tener en cuenta las siguientes situaciones que se pueden dar:
La Fecha de la Solicitud.
Si al poner la fecha de solicitud está resultara anterior a la fecha de validez de inicio de la Resolución de Valoración de Grado de Discapacidad, el programa responderá con INFORME DESFAVORABLE, ya que en el momento que solicitó dicha tarjeta no cumplía con los requisitos establecidos, con independencia de que en el momento actual en que se introduce si cumpla. Por ejemplo:
- Estamos a día 20 de Septiembre de 2.018.
- La persona solicitante ha obtenido resolución de condición de persona con discapacidad con efectos de 15 de Septiembre de 2.018 de modo definitivo.
- Introducimos la solicitud con fecha 13 de Septiembre (momento en que la presentó en el registro del ayuntamiento) el INFORME ES DESFAVORABLE.
- Si la fecha de registro de su solicitud fuese => a la fecha de inicio de validez, es decir que la hubiese presentado el 16 de Septiembre, entonces sería INFORME FAVORABLE.
Duplicidad de solicitudes en trámite.
Si al introducir una solicitud en el sistema nos responde que ya se encuentra en trámite otra solicitud, nos advierte que esta situación se produce (con idea de si se trata de un error y estamos introduciendo dos veces la misma solicitud), si pese a esta advertencia le indicamos que deseamos tramitarla, ocurrirán las siguientes acciones dependiendo del caso:
- Si la solicitud anterior está solo en situación de SOLICITADA, la dejará en situación de BAJA por acumulación de expediente y dejará solo tramitándose la ultima solicitud introducida.
- Si la solicitud anterior esta RESUELTA activa, (no caducada, por lo que no es una renovación), cuando la actual solicitud se resuelva, dejará en situación de baja la anterior solicitud ya resuelta, invalidando el cite y la tarjeta anterior, con independencia que en la nueva solicitud no cumpla con los requisitos y en la anterior resuelta si cumpliese.
- Si la solicitud anterior no está resuelta pero tampoco en la situación de solicitada, entonces ambas se tramitarán y la resolución última de ambos trámites anulará (dejará en baja) la resolución cronológicamente menor.
- Si la solicitud anterior está otro Ayuntamiento distinto al que está tramitando esta nueva solicitud, pasará exactamente igual que en los casos anteriores, simplemente la nueva solicitud se verá solo en el ayuntamiento tramitador, pero advertirá de su presencia en otro ayuntamiento.