ICC/SANSONET – Cálculos de atrasos. ¿Cómo comprobar las cuantías calculadas y que proceso seguir?

Como sabréis, el pasado día 16 de diciembre se publicó en el BORM la Ley 4/2025, de 15 de diciembre de 2025, de incremento del importe de las plazas y del servicio de atención temprana en los conciertos sociales y convenios de los sectores de personas mayores y personas con discapacidad.

¿Cómo será el procedimiento para el cobro de estas diferencias?

PASO 1. PUBLICACION DE LA RESOLUCIÓN. (IMAS)

A partir de esta fecha la Gerente del Imas podrá dictar Resolución de aplicación de los importes actualizados. Una vez publicada su resolución ya es posible aplicar los importes actualizados y el pago de los atrasos.

PASO 2. RECALCULO ATRASOS. (IMAS)

Los sistemas informáticos del Imas procederán al calculo de las diferencias entre las liquidaciones ya pagadas, con las Regulativas aplicando los nuevos precios.

PASO 3. Fase 0. CONSULTA DE LAS CANTIDADES DE ATRASOS. (Centros afectados desde ICC/SANSONET)

Dentro de nuestro menú de ICC/SANSONET encontraremos la opción CONSULTAS Y ESTADISTICAS, y dentro de ello, la opción CONSULTA DE ATRASOS.

Una vez lo pulsemos, encontraremos el siguiente formulario:

(1) PERIODO DE INICIO . Marcaremos el mes y año desde donde hemos calculado los atrasos en este caso Enero de 2022 (01 de 2022).

(2) PERIODO DE FIN . Marcaremos el mes y año hasta donde hemos calculado los atrasos en este caso Noviembre de 2022 (11 de 2022).

(3) Botón de BUSCAR . buscará por liquidación mensual y tipo de serie los atrasos calculados. En caso de que la respuesta sea vacía es que no se han calculado los atrasos.

(4) MENSUALES . Importes trasportados de las liquidaciones ya practicadas entre esas fechas.

(5) REGULARIZACIONES . Importes recalculados con el nuevo precio sobre la realidad liquidada en su momento.

(6) PERIODO DE LIQUIDACION . Fecha de la liquidación practicada y que se ha recalculado.

(7) TIPO DE INFORME . Dependendientes, No dependientes, Extraconvenio, etc…

(8) TOTAL LIQUIDACION. Importe total de liquidación sin descontar el copago del usuario.

(9) USUARIO. Importe con el que colabora el usuario.

(10) IMAS . Importe resultante de la Resta de Total de Liquidación+Reserva de plaza decrementado en la colaboración de los usuarios [(10)=((8)+(11)-(9)).

(11) RESERVA DE PLAZA. Importe liquidado en concepto de Reserva de Plaza.

(12) Barra de desplazamiento. Deslizándola hacia la derecha veremos más columnas del calculo de los atrasos.

(13) DIFERENCIAS. Diferencias ocurridas entre los cálculos realizados en las columnas de Regularizaciones (5) y los existentes en las columnas de Mensuales (4) correspondiente a los importes facturados.

(14) RESUMEN DE LIQUIDACIONES. Datos de las liquidaciones tenidas en cuenta en el recalculo de atrasos.

(15) Número de liquidaciones. Número de liquidaciones recalculados de cada serie.

(16) OPCIONES. Opciones disponible del usuario para su gestión.

(17) VER DOCUMENTOS ROSA. Opción por la que nos muestra los documentos en ROSA del centro donde podremos encontrar el borrador creado y el archivo de aceptación firmado una vez acabemos el proceso.

(18) IMPRESION DE BORRADOR. Opción por que obtenemos un documento borrador de la notificación y aceptación del documento de atrasos.

(21) EXCEL CON EL RESULTADO. Obtiene un excel con todas las filas y columnas que ha visto en el formulario de atrasos. Dispones de un video explicativo de esta FASE.

PASO 4 (y 7). Fase I. IMPRIMIR NOTIFICACION PARA SU ACEPTACIÓN (Centros afectados desde ICC/SANSONET)

Desde la barra de opciones (19) escogeremos la opción OBTENER NOTIFICACION Y ACEPTACION, la cual nos imprimirá un documento para su firma electrónica.

Dispones del siguiente video para ampliar la información:

El Imas tras haber obtenido el documento de aceptación abrirá un expediente ATRL para completar el proceso administrativo de pago. (Paso 7)

PASO 5. FIRMAR ELECTRÓNICAMENTE (Centros afectados desde ICC/SANSONET)

Una vez bajado el documento a nuestro sistema procederemos a firmar este documento pdf mediante cualquier sistema que permita la firma electrónica.

PASO 6. Fase III. SUBIR EL DOCUMENTO FIRMADO (Centros afectados desde ICC/SANSONET)

Desde la barra de opciones (20) escogeremos la opción AÑADIR DOCUMENTACION DE ACEPTACION FIRMADO, la cual nos solicitará si estamos seguros de que deseamos comunicar la aceptación, y de ser nuestra respuesta afirmativa nos solicitará a través de ROSA el documento. Una vez pulsada esta opción nos aparecerá una ventana con los diversos expedientes de atrasos que tiene en trámite.

Una vez pulsemos esta opción el sistema nos mostrará una ventana con los diversos expedientes activos de atrasos que tiene debe elegir el que corresponde a la aceptación firmada electrónicamente (normalmente solo hay uno). Por ello le mostrará el siguiente mensaje para advertírselo:

Tras elegir el expediente concreto en la barra inferior de la ventana aparecerá el expediente seleccionado y un botón de adjuntar para que procesa a subir el documento firmado.

Al pulsar el botón adjuntar llamará al proceso de adjuntar documentos de ROSA que usted ya ha utilizado en otras ocasiones en ICC/SANSONET.

Dispone del siguiente video aclaratorio:

PASO 8. REALIZACION DE LA FACTURA (Centros afectados)

El centro correspondiente realizará la correspondiente factura electrónica por el importe correspondiente a través de sus sistemas de facturación electrónica propios o través de Fatur@e/.

PASO 9. ENVIO DE LA FACTURA (Centros afectados)

Lo hará como lo hace todos los meses con respecto a las facturas mensuales de liquidaciones, enviándola a través www.face.gob.es.

PASO 10. INFORME TECNICO Y DE PROPUESTA (IMAS)

El Imas generará un informe técnico y un un informe PROPUESTA previo a la Resolución.

PASO 11. RESOLUCION (IMAS)

El Imas realizará la correspondiente Resolución de reconocimiento de la deuda. Documento que reconoce el pago.

PASO 12. NOTIFICACION (IMAS)

El Imas notificará dicha resolución a través de la dirección y carpeta electrónica DEHu de la entidad correspondiente.

PASO 13. PAGO DE LA FACTURA (IMAS)

Una vez recibida la factura electrónica procederá al pago de ella como hace asiduamente con las facturas mensuales de todas las liquidaciones.


¿Cómo puedo comprobar estos cálculos?

Para el cálculo de estos atrasos hemos reproducido cada una de las liquidaciones que entonces se hicieron con serie MENSUAL con el precio el nuevo precio bajo la serie REGULARIZACIONES (RGL).

Por lo que entrando en el buscador de liquidaciones podremos consultar la correspondiente liquidación practicada con el nivel máximo de detalle, consultando el periodo con la serie RGL. La podrá cotejar con la entonces facturada consultando la misma fecha de liquidación pero con la serie MENSUAL (MS).


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