SUBVENCIONES/JUSTIFICACIONES – Justificación Subvenciones Nominativas de la Dirección General de Personas con Mayores, subvenciones de Servicios, Actividades y Mantenimiento 2022. (instrucciones)

Instituto Murciano de Acción Social (IMAS). Dirección General de Personas con Mayores.

Cómo Justificar las Subvenciones Nominativas de la Dirección General de Personas con Mayores. (JSAM).

INFORMACIÓN SOBRE JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS DE SERVICIOS, ACTIVIDADES Y MANTENIMIENTO DURANTE 2022.

PLAZO Y RÉGIMEN DE JUSTIFICACIÓN

Plazo de justificación: finaliza el 31 de marzo de 2023. El  Decreto nº239/2022 prevé la posibilidad de ampliar ese plazo hasta un mes y medio adicional, a instancias del beneficiario, cuando concurran causas justificadas. Pero dicha ampliación debe solicitarse y concederse antes del 31 de marzo de 2023.

Forma de justificación: La justificación de la subvención debe realizarse a través de una cuenta justificativa en formato electrónico. Las entidades beneficiarias deberán custodiar la documentación justificativa de los gastos sufragados, a los efectos de comprobación posterior por el órgano concedente o de un posible control financiero posterior.

PROCEDIMIENTO.

1. Las entidades beneficiarias de una subvención de concesión directa recibirán por SEDE ELECTRÓNICA (Sujetos obligados), una comunicación de la Dirección General Personas de Personas Mayores donde le indica el código de su expediente de referencia para la justificación de esta subvención, este código comenzará por JSAM.

2. Las entidades beneficiarias de la subvención tendrán que entrar al formulario electrónico del procedimiento de JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES y APORTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

  • 3494 – Subvenciones a conceder directamente por la Consejería Política Social, Familias e Igualdad y el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) por estar previsto nominativamente en la normativa

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos revestirá la forma de:

    1. Una memoria técnica de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
    2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

    a) Información financiera, que deberá contener una relación clasificada de los gastos e inversiones de la totalidad de la actividad financiada, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

    b) Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

    c) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación clasificada de los gastos e inversiones de la totalidad de la actividad financiada.

    d) Los tres presupuestos que, en su caso, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado.

    e) Justificación de los rendimientos financieros generados por los fondos librados al beneficiario, así como, de su destino a la realización de la actividad subvencionada.

    f) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.

    3. Informe auditor de cuentas

    La documentación justificativa original, detallada en las relaciones de gasto permanecerá en poder de la entidad hasta que el órgano de control le notifique en su caso, la iniciación del procedimiento de revisión y control de la justificación de la subvención.

    La documentación original deberá conservarla la entidad beneficiaria durante un periodo de 5 años, una vez finalizado el periodo de justificación (hasta 31 de marzo de 2028).”


    ¿Cómo relleno el formulario?

    ¿Cómo justificar?




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