SUSI/VISI – Funcionarios Habilitados Electrónicamente. Cómo poder entregar documentos o presentar solicitudes en nombre del interesado.

Los trabajadores sociales de las Entidades Locales (Ayuntamientos y Mancomunidades) que tienen acceso a SUSI, o los trabajadores sociales de centros de atención primaria de salud, salud mental o hospitales pertenecientes al Servicio Murciano de Salud con acceso a VISI, pueden actuar electrónicamente en nombre del ciudadano, entregando documentos o presentando solicitudes electrónicas por ellos.

Para ello es necesario, que sean nombrado Funcionarios Habilitados Electrónicamente en los procedimientos sociales por el responsable del órgano administrativo al que pertenecen.

En el caso de trabajadores sociales de Entidades Locales, será el Alcalde/sa de este Ayuntamiento o el Presidente/a de su Mancomunidad el que mediante resolución le autoriza a poder realizar estas actuaciones. En el caso de trabajadores sociales del Sistema Murciano de Salud, será por Resolución del Gerente del SMS.

Una vez se ha emitido la Resolución con los nombramientos, debe ser remitida al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), código de procedimiento 3090, por el cual se registrarán como Funcionarios Habilitados Electrónicamente para procedimientos sociales recogidos antes nuestra actual Ley de Servicios Sociales.

Los Funcionarios Habilitados Electrónicamente podrán presentar en nombre del ciudadano cualquier formulario electrónico de procedimientos sociales recogidos en la Ley de Servicios Sociales, sin necesidad de adjuntar ningún documento de otorgación de poder en Representación de Trámites Electrónicos, evitando así, tras ayudarlo en la elaboración de la solicitud, enviar de nuevo al ciudadano a obtener cita previa en un registro o ventanilla única para la presentación de su solicitud o documentación.

Para ello usará su certificado personal de trabajador de la entidad a la que representa, el sistema lo reconocerá como Funcionario Habilitado Electrónico y le permitirá presentar directamente la solicitud electrónica, quedando en el mismo acto registradas y obteniendo el justificante de presentación para entregar al ciudadano.

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