RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD POR LA QUE ESTABLECEN MEDIDAS EN RELACIÓN CON LOS CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES DE CARÁTER RESIDENCIAL EN RELACIÓN CON LA PANDEMIA ORIGINADA POR EL COVID-19
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, contempla una serie de medidas dirigidas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.
Asimismo, el artículo 12, en relación con el 4.º, de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, permite en las crisis sanitarias, tales como epidemias, la adopción de todas las medidas establecidas en las normas para la lucha contra las enfermedades infecciosas, tales como la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, o la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
La Orden SND/265/2020, de 19 de marzo, de adopción de medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableció una primera batería de medidas, fundamentalmente de carácter organizativo, encaminadas a luchar contra el COVID-19 en estos centros.
El rápido avance de la enfermedad, la especial vulnerabilidad de las personas mayores, las personas con discapacidad u otros usuarios de centros residenciales y centros sociales con internamiento ante la infección COVID-19, y la necesidad de disponer de recursos para la atención de los mismos ha obligado a adoptar nuevas medidas dirigidas a reducir el riesgo de contagio y garantizar la posibilidad de utilización de todos los recursos disponibles para la atención social y sanitaria de estos colectivos recogidas en la rden SND/275/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial en relación con la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Asimismo, mediante Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, se han previsto las medidas que pueden adoptar las autoridades competentes en materia de servicios sociales en relación al personal de estos establecimientos
En el ámbito de la Región de Murcia, por parte de la Consejería de Salud, a través del Servicio Murciano de Salud y de sus órganos competentes, se han ido adoptando sucesivas órdenes e instrucciones en aras de contener la expansión y el contagio a la población del coronavirus así como la protección de los profesionales sanitarios.
Asimismo, mediante Orden conjunta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familia y Política Social y de la Consejería de Salud, de 28 de marzo de 2020, se dispone la necesaria coordinación en la implementación las medidas que deban aplicarse por ambos departamentos en relación con la gestión de la crisis epidémica en los centros de servicios sociales de carácter residencial.
En los últimos días, la expansión de la pandemia está afectando a determinadas residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios con un fuerte impacto por la especial vulnerabilidad de los residentes.