MEDIDAS DE DESESCALADA PARA VISITAS DE FAMILIARES EN VIVIENDAS TUTELADAS Y RESIDENCIAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD O TRASTORNO MENTAL CRÓNICO.
La pandemia de COVID-19 representa una de las crisis más importantes de nuestra historia reciente. Con el fin de frenar la expansión el 14 de marzo de 2020 se publica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación sanitaria ocasionada por el virus.
La Orden SND/265/2020, de 19 de marzo, de adopción de medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios reconoce a los centros en especial vulnerabilidad ante el COVID-19, por lo que se adoptaron varias medidas orientadas a reducir el riesgo de contagio.
Entre ellas, se adoptó la medida de no realizar visitas de familiares/tutores de los usuarios al centro residencial, para así evitar y controlar la propagación del virus.
El 28 de abril de 2020 se publica el Plan para la Transición hacia una nueva normalidad, con una previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones establecidas en el Estado de Alarma, proponiendo 4 etapas que van desde el 29 de abril al 21 de Junio.
En la fase II, que se inició el 25 de Mayo de 2020, se expone que se permiten visitas de un familiar/tutor a Centros residenciales y Viviendas Tuteladas, por lo que este protocolo trata de regular estas visitas a los Centros.
Se trata de prevenir el contagio de forma bidireccional entre familias/tutores y usuarios de los Centros, como a las personas que viven y trabajan con ellos.
INDICACIONES PREVIAS A LA VISITA.
Sólo podrán recibir visitas aquellos residentes sin síntomas de COVID o aquellos que, en el caso de haber pasado la enfermedad, estén ya sin síntomas determinándose PCR negativo.
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