ICC – Días de Bonificación durante el estado nacional de alarma sanitaria

En relación a las Instrucciones para formalizar la salida de un residente durante el estado de alarma sanitaria por Covid-19, dado que fueron dictadas teniendo en cuenta “las circunstancias que se están produciendo en las residencias de personas con discapacidad sobre salidas de los usuarios con sus familiares, y de forma extraordinaria con motivo del estado nacional de alarma sanitaria”, SE INFORMA que dado que el Estado de alarma finalizó el día 21 de junio de 2020, la  bonificación del 50% de la cuantía correspondiente a los días de ausencia motivados por dichas causas deja de ser  efectiva a partir de dicha fecha.

     Por lo que los 30 días Bonificados anualmente, se contabilizarán entre la fecha 1 de enero de 2020 al 14 de marzo de 2020, y entre el 21 de junio en adelante. No se contabilizarán como días disfrutados bonificados aquellos ocurridos entre la fecha del 14 de marzo al 21 de junio de 2020 (periodo del estado de alarma).

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