ICC-SANSONET / PNC- ¿Cómo confirmar las Declaraciones Anuales de PNC, LISMI y FAS de los usuarios de mi centro?

En periodos de Campaña de presentación de Declaraciones Anuales de Pensiones No Contributivas, LISMI o Fondo de Asistencia Social (FAS), normalmente entre el 10 de Enero y el 31 de Marzo del año en curso, los beneficiarios de estas pensiones tienen que presentar su Declaración anual.

Aunque el Servicio de Pensionistas ya ha realizado su borrador de declaración y se ha remitido por correo postal, cualquier centro con acceso a ICC-SANSONET puede consultar que usuarios de su centro TIENEN QUE PRESENTARLA, y cuales de ellos lo han hecho o están pendientes de hacerlo.

De igual manera, de no existir variaciones en el borrador de su Declaración y mantenerse su situación sin variaciones puede desde ICC-SANSONET, presentar su confirmación automáticamente.

RECUERDE: Solo vale para confirmar la declaración, en caso de existir variaciones debe presentarlas electrónicamente con dni o certificado electrónico en el siguiente enlace:
https://sede.carm.es/jAD/IMAS/F0855.xhtml
o mediante solicitud en papel presentada ante un registro público, puede obtener el modelo en:
Modelos en SEDE de Declaración anual

Para ello seguiremos los siguientes pasos, elegiremos del menú de ICC-SANSONET la opción SOLICITUDES E IMPRESOS, y dentro de esta, la opción Usuarios por confirmar la Declaración PNC.

Pulsada esta opción la plataforma nos abrirá el siguiente formulario mostrándonos todos aquellos usuarios activos en nuestro centro que tienen la obligación de presentar la Declaración Anual de PNC, LISMI o FAS.

1. CONSULTAR: botón por el que buscará entre todos los obligados los criterios de búsqueda que le indiquemos, pudiendo ser el DNI de un determinado usuario, vacío todos, o aquellos que la han entregado en una fecha determinado, vacío, todos .

2. MARCAR: con el ratón posicionados en la casilla correspondiente (o seleccionar todos) marcaremos aquellos a los que posteriormente LE VAMOS A CONFIRMAR SU DECLARACION ANUAL PORQUE NO HAN EXISTIDO VARIACIONES .

3. DNI Y NOMBRE: de aquellos usuarios que tienen la obligación de presentar la declaración. La obligación no significa que la confirme, ya que puede tener la obligación y haber sufrido variaciones o va a sufrirlas a lo largo del año.

4. TIENE DECLARACION: nos indica que su modelo de borrador ya está confeccionado y puede consultarlo.

5. FECHA DE RECEPCION: nos indica que ya la ha presentado y con que fecha ha sido aceptada.

6. EXPEDIENTE PNC: nos indica su código de expediente de PNC, LISMI o FAS.

7. botón MODELO: nos reproduce en pantalla el borrador del modelo de Declaración Anual que hemos remitido.

8. botón EXCEL: obtendremos un excel de todos estos datos que vemos en el formulario.

9. botón CONFIRMACION: presentará la confirmación del borrador de todos los usuarios que hayamos marcado con el botón 2 (arriba explicado). IMPORTANTE: Solo vale para aquellos que confirmen su situación y no hayan tenido modificaciones. De hecho el sistema nos lo volverá a recordar con el siguiente mensaje:

De pulsar SI el sistema presentará la confirmación de todas los usuarios elegidos, enviando al correo del presentador el justificante de registro de entrada de la entrega de la confirmación horas más tarde. Será está la hora y fecha que quedará registrada en el sistema como de recepción de la Declaración.

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VISI/SUSI – ¿Cómo ver los descendientes de una persona consultada?

En artículos anteriores explicábamos como desde VISI podíamos viajar por el árbol genealógico ascendente consanguíneo o de afinidad de una persona.

Ahora es posible viajar en el árbol genealógico descendiendo desde la persona consultada al mostrarnos todos sus descendientes directos. Esto es muy útil en los casos de expedientes de menores donde los presentadores de las solicitudes son los padres/madres, como el caso de la Atención Temprana.

Así pues, en la pestaña de DATOS, en donde encontrábamos sus ascendentes, ahora encontraremos sus descendientes consanguíneos o por afinidad. De donde:

1. DNI/Nombre: nos muestra el identificador y el nombre del descendiente.

2. botón VISI: viajaremos a la Ficha e Historia Única Regional del descendiente elegido. (Nos mostrará este botón dependiendo de nuestro perfil y permisos).

3. barra de Desplazamiento: barra por la que nos muestra más descendientes que pudiese tener de los que vemos a simple vista.

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SUBVENCIONES – (Lucha contra la pobreza 2581) – ¿Cómo adjuntar los documentos para la justificación?

Accedemos a la SEDE ELECTRÓNICA mediante el procedimiento 2581. En la pestaña «PRESENTACION DE SOLICITUDES«, pinchad el enlace «APORTACION DE DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICACIÓN«;

Aparecerá la siguiente pantalla y pincharemos “CONTINUAR AL TRÁMITE”:

También lo puede hacer directamente desde el siguiente enlace:

https://sede.carm.es/presentador/inicio/2581/DI831

En las siguiente pantalla, introducir en Expediente JSLP, el año y el número del expediente (por ejemplo JSLP / 2023 1) y pincharemos CONTINUAR. ACLARACIÓN: El número de Expediente es el mismo que el expediente origen (en este ejemplo sería nº1, es decir origen SSLP / 2023 1).

A continuación pulsaremos el icono NUEVA FILA.

En cada fila hay que definir:

1- El TIPO DE DOCUMENTO que se adjunta (es un desplegable con una relación de varios tipos de documentos que podemos ver en la siguiente tabla y en la gráfica anterior).

2- La DESCRIPCION DEL DOCUMENTO (Indicar algunos de los especificados en la tabla)

Anexo VII Memoria justificativa de Proyecto
Anexo I Relación de justificantes
RLC trabajador Jesús Blanco Marrajo
Nomina feb’23 Jesús Blanco Marrajo
Nóminas feb-abril’23 Jesús Blanco Marrajo
Informe de auditoria XXXXXX
Modelo 190


3- IMPORTE DEL GASTO (indicar, en su caso, el total del gasto imputado al proyecto. Hay documentos que no requerirán rellenar este campo: Anexo II, contrato, Modelo 111, etc.)

TIPO DE DOCUMENTO QUE SE ADJUNTADESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO
Memoria Técnica Justificativa (Justificación)Anexo VII Memoria Justificativa de Proyecto
Relación de justificantes (Justificación)Anexo I Relación de justificantes
Gastos de personal (Justificación)Anexo II Relación de personal
Gastos de personal contratado laboral (Justificación)Anexo III Personal contratado laboral
Gastos de personal arrendamiento servicios (Justificación)Anexo IV Personal Arrendamiento servicios
Liquidación individual gastos viaje (Justificación)Anexo V Dietas y gastos de viaje
Memoria Justificativa Certificado finalidad subv. (Justificación)Anexo VI Certificado de proyecto
Informe de Auditor (Justificación)Informe de Auditor
Certificado bancario de intereses (Justificación)Certificado bancario de intereses
Difusión/publicidad de proyectos (Justificación)Difusión/publicidad de proyectos
Justificantes gastos Personal (Justificación)Para cada justificante que se aporte, indicar uno de los siguientes:
– Nómina trabajador/a…(nombre y apellidos)
– Contrato
– Documento de vinculación del contrato al proyecto
– Modelo 111
– Modelo 190
– Modelo 115
– Modelo 180
– RLC (Relación de liquidación de cotizaciones)
– RNT (Relación nominal de trabajadores)
– IDC (Informe de cotizaciones)
– Etc. (en caso de no ser alguno de los indicados anteriormente,
describir el documento que se aporta siempre que se trate de
gastos de personal)
Justificación gastos Mantenimiento y actividadesJustificación gastos Mantenimiento y actividades (facturas,…)
Justificantes gastos Dietas y ViajesJustificación gastos Dietas y viaje (facturas,…)
Justificantes gastos Gestión y administración (Justificación)Justificación gastos Gestión y administración (facturas,
nóminas,…)

Introducidos el tipo de documento, la descripción del documento y, en su caso, el importe, a continuación pinchamos en GUARDAR y podremos visualizar la fila definida:

Se pueden introducir tantas filas como TIPOS DE DOCUMENTOS a aportar al final de formulario pinchando el icono de NUEVA FILA, sin olvidarnos de GUARDAR las mismas. Para borrar o deshacer una fila, pincharemos directamente sobre el tipo de documento que hemos introducido y a continuación pulsaremos el botón de BORRAR o DESHACER.

Ejemplo de documentación definida para Gastos de Personal:

Una vez hemos definido cada uno de los tipos de documentos a presentar, pincharemos el botón de PRESENTAR.

Aguardaremos la aparición de la siguientes pantalla e introduciremos un email y un teléfono móvil a efectos de notificaciones:


Respecto de los Certificados que se indican, en caso de marcar las casillas de «me opongo» o «No autorizo», estarán obligados a presentarlos anexándolos al formulario. En caso de no marcarlas, se entiende que autorizan a la Dirección General SSTSGD a realizar su consulta.

A continuación deberán aportar uno a uno, los documentos definidos anteriormente:

Seleccionaremos el botón ADJUNTAR y buscaremos el archivo a adjuntar pulsando de nuevo ELEGIR ARCHIVO

El documento seleccionado lo podrá visualizar seleccionando encima del botón ELIMINAR.

Seleccionar el botón ELEGIR ARCHIVO para insertar el documento al formulario y pinchar ACEPTAR. El documento insertado podrá visualizarse encima del incono ELIMINAR (ver siguiente imagen).

Una vez incorporados todos y cada uno de los documentos justificativos de la subvención, pinchareis el icono continuar. En esta tenéis opción de ver documento o de firmar presentación.

Una vez firmada de presentación, la aplicación generará el siguiente mensaje: «SU PRESENTACION HA SIDO REALIZADO CORRECTAMENTE» y podrá descargarse el recibo justificante.

El recibo justificante tendrá el siguiente formato, con indicación de los documentos que hemos adjuntado y al final, un resumen de la descripción de los mismo:

Mas información con videos:

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PILAR – Bandeja de Incoación. Reclasificación automática de documentos recibidos por la bandeja de Incoación.

Hasta ahora, uno de los trabajos más tediosos en la incoación de solicitudes de la bandeja de incoación ha sido la clasificación de los documentos.

  Para ello teníamos que irnos al detalle del apunte e ir abriendo documento a documento para ir clasificándolos con su correspondiente código de documento PITU (Procedimientos Integrados en un Tratamiento Único) que es el encargado de llevarlo a ROSA-SANDRA con sus correspondientes códigos de documentos DEXEL.

  Ahora, conforme bajen del Registro de la CARM a las bandejas de incoación el sistema los irá codificando en base a un sistema de RPA (Proceso Automatizado de Robótica -padre la Inteligencia artificial-), en base a una tabla de frecuencias de anteriores clasificaciones realizadas por los gestores, según el procedimiento y el departamento (técnica denominada entrenamiento).

 Así pues, el sistema, basándose en la frecuencia con el que se ha clasificado para este procedimiento y departamento un tipo de documento, lo analiza con su tabla de frecuencias y lo clasifica. Para ello obtiene un tabla de frecuencias interna, que de estar mal ajustada podemos adaptar, es decir, podemos corregir su comportamiento.


Para ello hemos dotado a la pantalla de clasificación de documentos de un nuevo botón de RECLASIFICA DOCUMENTOS. Al pulsarlo procederá a analizar los documentos y los clasificará por su frecuencia.

No, durante este mes de Enero de 2024 estará aplicado a los siguientes procedimientos para comprobar su correcto funcionamiento:

ProcedimientoDescripción
0855Declaración Anual de Pensiones No Contributivas, LISMI y FAS
0698Solicitud de valoración de Grado de Discapacidad
3031Inscripción, cancelación Registro de Parejas de Hecho
4202Solicitudes de Titulo de Familia Monoparental
2792Subvenciones a Familias Numerosas, Monoparentales, etc..

De funcionar adecuadamente conforme nos digan los gestores iremos incorporando todos los procedimientos que lleven en funcionamiento más de un año, con la finalidad de disponer de una tabla de frecuencias de contenidos de documentos.

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PROTOCOLO – Infografías de medidas ante IRAs y NOROVIRUS en centros residenciales de personas vulnerables.

Os facilitamos las Infografías realizadas por el Servicio de Epidemiología.

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GTS/SEFA/PARRA/CATI/AMIGA- Incidencias al pasar de paso en la gestión de expedientes de modo masivo. Como detectarlas y consultarlas.

  Con anterioridad en la gestión de expedientes de modo masivo donde seleccionábamos decenas de expedientes que se encuentran en determinado paso para pasarlas al siguiente, en cuanto uno de ellos no cumplía con los requisitos para pasar al siguiente paso, el sistema nos mostraba un mensaje, y el proceso se paraba, teniendo que volver a seleccionar el resto de expediente a partir del que no cumplía para avanzarlos al siguiente paso, de existir otro nuevo expediente que no cumplía, se volvía a parar mostrando un mensaje y nos obligaba a repetir el proceso.

  Pondremos como ejemplo un supuesto. Supongamos que tenemos 100 expedientes en la situación PENDIENTE EMITIR EL ADJUNTO REMITO DE LA RESOLUCIÓN, y deseamos de una sola petición avanzar todos estos expedientes de paso para que nos realice de modo automático el oficio de remisión de resolución. Puede que alguno de estos 100 expedientes, aún no tenga confeccionada la resolución, por consiguiente, no debería realizar el adjunto remito.

  Siguiendo con este ejemplo, con el sistema anterior, seleccionábamos estos 100 expedientes y le indicábamos que avanzase de paso, ahora bien, si el expediente décimo de los 100 no disponía de dicha resolución, el sistema se paraba en este expediente indicándonos un mensaje de el motivo por que no lo hacía, lo dejaba sin avanzar el paso y no seguía con los 90 restantes. Para concluir el proceso masivo teníamos que nuevamente seleccionar los 90 restantes y esperar que entre ellos no hubiese otro en las mismas circunstancias, lo que no obligaría a repetir el proceso cada vez que se produjese el caso .

  Ahora NO. Hemos dotado al sistema de la posibilidad de ir realizando estos 100 expedientes, en aquél que encuentre una incidencia o no cumpla para pasar al siguiente paso, en lugar de mostrarnos un mensaje y parar el proceso, crea una incidencia interna, lo deja en el paso que se encuentra y continua con el resto.

  Cuando este proceso masivo acaba, veremos que entre estos 100 expedientes hay determinados que no han pasado finalmente de paso, y veremos al situarnos encima de ellos un mensaje en color rojo en la parte superior de la pantalla que nos indica: «El expediente tiene 1 incidencia «

  Situándonos con el ratón en el texto del aviso: «El expediente tiene 1 incidencia «   

  Al pulsar sobre ese aviso, el sistema nos llevará a un nuevo formulario donde nos mostrará el histórico de incidencias que ha ido sufriendo el expediente siendo la primera de ellas, la última ocurrida. Una vez hayamos entrado, quitará la marca de que el expediente tiene incidencias pendientes de leer.

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SUBVENCIONES – Publicada la Convocatoria de 2024 de los programas de activación de la empleabilidad e inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social.

Con fecha 30-12-2023, ha sido publicada en el BORM la Resolución, de 27 de diciembre de 2023 por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de los siguientes programas:

Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. (Procedimiento 2180).

https://sede.carm.es/jAD/IMAS/F2180.xhtml

Programa 2: Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social. (Procedimiento 1321).

https://sede.carm.es/jAD/IMAS/F1321.xhtml

El plazo para presentar solicitudes finaliza el día 22 de enero de 2024.

Los proyectos pueden desarrollarse entre el 1/4/2024 y el 31/12/2025, pudiendo tener una duración máxima de 21 meses.

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SUBVENCIONES – 0.7 Subvenciones a ONG con Fondos de IRPF Autonómico. Información e instrucciones para la ACEPTACION, REFORMULACION y NO ACEPTACIÓN de la subvención.

Con fecha 14 de diciembre se ha publicado la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector de los proyectos presentados por las entidades concurrentes a la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. Pueden acceder a dicha información a través del siguiente enlace:

pincha aquí para ir al enlace

  

El plazo para presentar la documentación requerida, en su caso, es de cinco días, con fecha de inicio 15 de diciembre y finalización 21 de diciembre de 2023.

Para aceptar la subvención, reformular el proyecto o no aceptar la subvención propuesta deberá rellenar el formulario “ACEPTACIÓN / REFORMULACIÓN / NO ACEPTACIÓN” disponible en la Sede Electrónica de la CARM (procedimiento 2448). Pincha aquí.

Una vez introducidos los datos del expediente (ejemplo SFIA/2023-9: expediente SFIA, año 2023, número 9), aparecerán los datos relativos al proyecto, línea y eje de actuación, importe solicitado e importe propuesto como subvención.

A continuación aparecerán tres opciones: ACEPTA, REFORMULA, NO ACEPTA. Se señalará una de las tres opciones según los siguientes supuestos:

1º.- Si el importe propuesto como subvención coincide con el importe solicitado y la entidad acepta la subvención propuesta, marcará ACEPTA y continuará el formulario sin necesidad de aportar Anexo alguno.

2º.- Si el importe propuesto como subvención no coincide con el importe solicitado, la entidad puede aceptar la subvención propuesta asumiendo la diferencia mediante la aportación de fondos propios y/o financiación pública-privada pero sin modificar el importe total del proyecto. En este caso la entidad marcará ACEPTA y adjuntará al formulario el siguiente anexo:

  • en caso de Gasto Corriente: el Anexo VII cumplimentado únicamente con los apartados 8 Presupuesto y 9 Gestión del Proyecto, redistribuyendo las cantidades. Cumplimentar también este anexo si además de gasto corriente el proyecto incluye gasto de inversión.
  • en caso de Gasto de Inversión: el Anexo VIII cumplimentado únicamente el apartado 10 “Presupuesto” redistribuyendo las cantidades.
    La presentación de los Anexos es obligatoria, de lo contrario no podrá proseguir con el formulario.

3º.- Si el importe propuesto como subvención no coincide con el importe solicitado, la Entidad puede reformular el proyecto inicial adaptándolo al importe de subvención propuesto. En este caso la entidad marcará REFORMULA y adjuntará al formulario el siguiente Anexo:

  • en caso de gasto corriente: el Anexo VII cumplimentado en los apartados que procedan, readaptando y reformulando el proyecto en base a la subvención propuesta. En este caso, a diferencia del anterior, el importe total del proyecto podrá ser distinto al del proyecto inicial. Cumplimentar también este anexo si además de gasto corriente el proyecto incluye gasto de inversión.
  • en caso de gasto de inversión: el Anexo VIII cumplimentado en los apartados que procedan, readaptando y reformulando el proyecto en base a la subvención propuesta. En este caso, a diferencia del anterior, el importe total del proyecto podrá ser distinto al del proyecto inicial. La presentación de los Anexos es obligatoria, de lo contrario no podrá proseguir con el formulario.

4º.- La entidad NO ACEPTA la subvención propuesta.

IMPORTANTE: Los anexos VII y VIII están disponibles en la Sede Electrónica, procedimiento 2448, pestaña «Documentación», apartado «Modelos e información para solicitudes»; deberán estar cumplimentados y firmados antes de anexarse al formulario-solicitud. En aras de una mayor transparencia y con el fin de evitar errores de interpretación tanto de la orden de bases como de la propia convocatoria, se recomienda lo siguiente:

Pinche aquí para obtener el anexo VII.

Pinche aquí para obtener el anexo VIII.

1ª.- El exceso de los límites establecidos en el artículo 14 “Gastos Subvencionables” de la orden de convocatoria en cuanto a porcentajes e importes de los proyectos iniciales, aceptados o reformulados no se considerarán gastos subvencionables ni podrán justificarse con cargo a la subvención concedida (costes de personal; auditoría (2%); gestión y administración (10%); dietas y gastos de viaje (3%), etc.). Todos los apartados, tanto técnicos como presupuestarios, a cumplimentar en el Anexo VII y en el Anexo VIII han de guardar la debida proporcionalidad entre importe que se propone como subvención y lo solicitado en la memoria inicial y han de preservar la debida coherencia.

2º.- En el caso de aceptación o reformulación del proyecto, se deberá respetar como mínimo el porcentaje de aportación de ingresos del proyecto, financiación público/privada y financiación propia (apartado 8 Presupuesto del Anexo VII o apartado 10 Presupuesto del Anexo VIII) sobre el importe de subvención solicitada que se estableció en el proyecto inicial presentado (en este caso, el porcentaje se aplicará al importe de subvención propuesto).

Aclaración: los citados porcentajes se aplicarán sobre el importe propuesto como subvención, NO sobre el total del proyecto. Ejemplo:


3º.- Respecto de las Entidades propuestas como subvencionadas, en caso de cambiar de número de cuenta corriente (IBAN) respecto de subvenciones de 0,7% IRPF percibidas anteriormente, deberán aportar certificado de la nueva cuenta e IBAN. 4º.- Con el fin de agilizar la tramitación, gestión y adjudicación de las subvenciones y evitar un posible colapso de la Sede Electrónica se recomienda la presentación de sus solicitudes cuanto antes, evitando en lo posible el último día.

5º.- HORARIOS DE ATENCIÓN A LAS ENTIDADES DEL TERCER SECTOR

Consultas técnicas sobre proyectos: lunes de 12:00 a 14:30 horas y miércoles de 9:00 a 11:30 horas (salvo que se esté en plazo de presentación de solicitudes, en cuyo caso será de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas).

Telf.: 968.36.64.25 / 968.36.21.37 / 968.36.28.61

Email:

antonia.cremades@carm.es

susana.munoz2@carm.es

joaquina.mompean@carm.es


Consultas sobre formularios y solicitudes: 968.35.72.03 / 968.36.58.31 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

Los días y franjas horarias indicadas pueden estar sujetos a cambios organizativos

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SUBVENCIONES – Subvenciones de concesión directa destinadas a financiar actuaciones de mejora de la calidad de los centros y servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia (SAAD)

Se ha publicado en el BORM de 9 de diciembre de 2023 el Decreto n.º 416/2023, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a financiar actuaciones de mejora de la calidad de los centros y servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia (SAAD).

Finalidad

Apoyar a las entidades que prestan los servicios de centros de día, promoción de la autonomía personal y atención residencial para personas mayores y personas con discapacidad en la Región de Murcia, al objeto de mejorar la calidad de los servicios e impulsar la transición al nuevo modelo de cuidados y apoyos centrado en la persona.

Entidades beneficiarias

Entidades que prestan los servicios de centro de día, promoción de la autonomía personal y atención residencial para personas mayores y personas con discapacidad en la Región de Murcia, que tengan plazas concertadas, contratadas y conveniadas con el Instituto Murciano de Acción Social, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto.

Gastos subvencionables

Gastos realizados en el período desde 1 de enero de 2023 hasta 31 de diciembre de 2024 relacionados directamente con el objeto de la presente subvención y, en particular, los siguientes:

1. Gastos corrientes:

a) La realización de un plan de transición o adecuación al nuevo modelo de cuidados y apoyos centrado en cada persona y con enfoque comunitario y de proximidad.

b) La realización de acciones formativas para el personal de los centros sobre: modelos de apoyo y atención centrados en la persona; elaboración de planes personales de atención y apoyos al proyecto de vida; estrategias de reducción de restricciones, atención libre de sujeciones y de gestión positiva y respetuosa de las situaciones conductuales de difícil gestión; formación en los derechos de las personas y una práctica profesional segura y ética; coordinación con el sistema sanitario desde el modelo de atención integral centrada en la persona; y cualquier otra destinada a la mejora de la calidad de la atención.

2. Gastos de inversión:

c) La adquisición de equipamiento y la realización de obras de acondicionamiento en las instalaciones de los centros de día de personas mayores y en los centros que prestan los servicios de centro de día, promoción de la autonomía personal y atención residencial para personas con discapacidad, destinadas a mejorar la calidad de la atención.

Procedimiento de concesión

  1. Las entidades beneficiarias recibirán una notificación electrónica de la Dirección General correspondiente en la que se indicará el código del expediente de concesión y el importe de la subvención a conceder (gastos corrientes/gastos de inversión). El código de expediente responde a una referencia formada por tres bloques: tipo de expediente (CDCI), año (cuatro dígitos) y número de expediente (únicamente dígitos, sin ceros por delante).
  2. Las entidades beneficiarias de la subvención deberán presentar, a través del formulario electrónico del procedimiento 3494 la aceptación total o parcial, o la renuncia a la subvención correspondiente a cada expediente, indicando, en caso de aceptación parcial, el importe que se acepta:

https://sede.carm.es/jAD/IMAS/cache/F3494.xhtml

El plazo para comunicar la aceptación total o parcial o la renuncia finaliza el 13 de diciembre de 2023.

Es necesario adjuntar el certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde se realizará el pago, que debe ser aquella en la que se realizan de forma habitual los pagos de los servicios concertados, conveniados o contratados. No es necesario adjuntar ningún otro documento.

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Protegido: SUBVENCIONES – Gestión de Sesiones de Tratamiento para el Proyecto de Activación Social (PAS)

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