Nos complace invitarle a la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria para personas que viven en centros residenciales, que se celebrará el próximo 23 de enero de 2026, en el Salón de Actos del Archivo General de la Región de Murcia, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Esta jornada tiene como objetivo dar a conocer el modelo impulsado de manera conjunta por el sistema sanitario y el sistema de servicios sociales de la Región de Murcia, orientado a reforzar la coordinación sociosanitaria, la continuidad asistencial y la atención centrada en la persona en el ámbito residencial.
A lo largo de la sesión se abordarán, entre otros aspectos, el marco de gobernanza y liderazgo institucional, los elementos clave del modelo, su aplicación práctica y los avances en interoperabilidad entre sistemas.
Adjuntamos el programa completo de la jornada, donde puede consultar el detalle de las mesas y ponencias previstas.
La inscripción previa se podrá realizar hasta completar aforo, a través del código QR incluido en el programa
o pulsando en inscríbete.
Esperamos poder contar con su presencia.
Reciba un cordial saludo,
Equipo de Coordinación Sociosanitaria
Acceso online a la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria en centros residenciales.
Desde el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y el Servicio Murciano de Salud (SMS) queremos agradecer el interés mostrado en la Jornada de presentación del Modelo de atención integrada social y sanitaria para personas que viven en centros residenciales, que se celebrará el próximo 23 de enero, en horario de 9:00 a 14:00 en el Archivo General de la Región de Murcia.
La limitación de aforo del espacio hace que no sea posible atender todas las solicitudes de asistencia presencial. Por este motivo, y con el fin de facilitar el acceso a los contenidos de la jornada al mayor número posible de personas interesadas, el acto se retransmitirá en directo en modalidad online.
La sesión quedará grabada, de manera que podrá ser visualizada posteriormente por aquellas personas que no puedan seguirla en directo o que deseen revisarla con posterioridad.
Ya se están distribuyendo a través del servicio de correos las declaraciones anuales correspondientes a este año 2026. A lo largo de esta semana irán llegando a los domicilios.
No obstante, puede que algún interesado no reciba su borrador por diversos motivos por lo que os recordamos en artículo de este blog como imprimírsela al interesado en caso de solicitarla, así como confirmársela en ese mismo instante.
De igual manera para aquellos interesados en Residencias o Centros de Día que sean beneficiarios de PNC, en ICC-SANSONET disponemos de una opción para obtenerla de todos ellos, así como, de confirmársela en caso de que no haya variaciones.
RECUERDE: Solo vale para confirmar la declaración, en caso de existir variaciones debe presentarlas electrónicamente con dni o certificado electrónico en el siguiente enlace: https://sede.carm.es/jAD/IMAS/F0855.xhtml o mediante solicitud en papel presentada ante un registro público, puede obtener el modelo en: Modelos en SEDE de Declaración anual
Durante esta semana del 26 al 31 de Enero de 2026, le serán remitidas por SEDE ELECTRÓNICA y/o DEH (Dirección Electrónica Habilitada), el acuerdo de Intercambio de Datos en Entorno Cerrado de Comunicaciones para el acceso e intercambio de información de la Historia Única Social y Sanitaria.
A continuación le indicamos el procedimiento a seguir:
01. Notificación del borrador de Acuerdo de Intercambio de Datos. El Imas habrá confeccionado el documento de acuerdo para cada Residencia Concertada/Conveniada de las diversas entidades. Le comunicará que a partir de ese momento tiene a la firma del Representante Legal el anexo I de este acuerdo.
02. Firma común del Acuerdo. El representante legal de cada entidad tendrá en el portafirmas de la CARM dicho documento a la firma, requiere de DNI o certificado electrónico del Representante de la Entidad Legal. Para saber como utilizar el portafirmas de la CARM y firmar el documento pulse aquí.
03. Descarga del documento firmado. Profesionales del Imas bajarán los documentos de acuerdo una vez firmados por ambas partes y lo adjuntarán a su correspondiente expediente CPID.
04. Notificación de la acuerdo firmado. El sistema emitirá una notificación electrónica a cada entidad adjuntándole el documento de acuerdo firmado por ambas partes. Lo podrá recuperar la entidad en SEDE ELECTRÓNICA y/o DEH.
05. Traslado de documento del expediente CPID al expediente de concierto social CSOC. El sistema obtendrá una copia del original que adjuntará al expediente del concierto social/convenio.
06. Solicitud de los diversos profesionales del centro suscrito a las Historias Únicas. Una vez suscrito el acuerdo, los diversos profesionales de ese centro podrán solicitar su correspondiente acceso. El protocolo para pedirlo lo puede revisar en el siguiente enlace: enlace
07. Concesión del permiso de acceso. Para ello su solicitud pasará por un estricto control de requisitos. Una vez completado se le comunicará el acceso a las plataformas: enlace
Una vez se le comunique que ya dispone de alta en el sistema se le facilitará un usuario y una clave inicial que debe cambiar. En dicho correo le facilitará las instrucciones para su primer acceso y como cambiar su clave.
SOLO PODRÁ ACCEDER DESDE LA INTRANET O EUCLIDES.
Para ello habrá recibido por correo electrónico unas instrucciones como las siguientes:
Buenos días,
El usuario con código 30AU2420 ha sido dado de alta en TSD y RPSP; para acceder debe seguir estas instrucciones. Adjunto guías técnicas para acceso.
La Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) nos ha comunicado que, desde el pasado día 6 de octubre, se ha aplicado una nueva política de contraseñas en la que la contraseña inicial de un solo uso (tanto en alta de un usuario como en una reactivación) ya no será de longitud 8 (si no más larga) y se establecerá con el siguiente formato (excepto para los usuarios xxWUxxxx, que continúan con la contraseña corta):
Por ejemplo, para un usuario con NIF 07243444F:
Se toma el NIF completo (9 caracteres) en mayúsculas: 07243444F
Se añade la letra del documento en minúsculas al comienzo: f07243444F
Se inserta un guion por cada 2 caracteres. La contraseña resultante será:
f0-72-43-44-4F
Para cambiar la contraseña inicial, explicada arriba, tienen que entrar en la dirección:
Tras introducir, en la pantalla anterior su usuario SILCON y la clave de un solo uso (es decir, f0-72-43-44-4F en el ejemplo) saldrá la siguiente pantalla en donde tendrá que teclear de nuevo su usuario y la contraseña de un solo uso (es decir, f0-72-43-44-4F en el ejemplo).
Y después aparecerá la siguiente pantalla en la que tendrá que teclear: en primer lugar, en el campo “Contraseña actual”, la contraseña inicial (es decir, f0-72-43-44-4F en el ejemplo), en segundo lugar, habrá de teclear una nueva contraseña personal, (en el campo “Nueva contraseña”), en tercer lugar, ha de repetirse esta nueva contraseña en el campo “Repita nueva contraseña”.
Y esta nueva contraseña personal ha de cumplir NUEVOS REQUISITOS que cumplan la nueva política de contraseñas de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) que se explican a Continuación.
Esta nueva política sólo se aplicará a las nuevas contraseñas que se establezcan a partir de ese momento, por lo que se podrá seguir utilizando todavía la contraseña actual mientras no expire o sea reiniciada por activación del usuario. Al establecer una nueva contraseña (ya sea cuando expire o en cualquier otro momento) se deberá cumplir la Política de contraseñas con los requisitos que detallan a continuación: • Se distingue entre mayúsculas y minúsculas. • Debe tener una longitud entre un mínimo de 12 y un máximo de 32 caracteres. • Debe contener al menos: Una letra minúscula Una letra mayúscula Una cifra numérica. Un símbolo. • No debe contener los caracteres: Ñ ñ # [ ] ! / ^ • No puede contener 3 o más caracteres consecutivos idénticos. • No puede contener el identificador SILCON de usuario. • La nueva contraseña no debe coincidir con las 5 últimas utilizadas.
¿Cómo se consulta en INFOTSD?
Una vez haya realizado los pasos anteriores y ya tenga activo usuario y clave, el acceso a INFOTSD se hará desde el siguiente link:
El usuario debe teclear su código de usuario. Normalmente sigue el formato ppYYxxxx, donde pp es código provincia, YY es el código de entidad, y xxxx es el código propio del usuario.
Una vez abierto el portal de conexiones externas de la Seguridad Social, debe de pulsar el Icono indicado:
Se mostrarán las aplicaciones que tiene autorizadas el usuario. En este caso, debe buscar y usar la marcada. En esta pantalla también puede marcar como favorita la aplicación de forma que ya siempre le aparecerá en sus favoritos sin necesidad de volver a buscarla. Para ello, pulse la estrella que hay al lado de la aplicación.
Tal y como venía anunciando el INSS, Instituto Nacional de la Seguridad Social, desde el 1 de Enero de 2026 ha sido sustituido el anterior Registro Nacional de Prestaciones Sociales por la Tarjeta Social Digital.
Esto significa que ya no están activas las interoperabilidades del Registro General de Prestaciones y tampoco los acceso directos de información a través de la plataforma SILCON.
Las interoperabilidades anteriores han sido sustituidas por unas nuevas de TSD, que de modo automático por propuesta de la Inspección General de Servicios (IGS) serán sustituidas en DEXEL los certificados anteriores por estos nuevos.
En cuanto a los permisos que se tenían de uso de las interoperabilidades del Registro de Prestaciones, quedarán homologados a estos nuevos necesarios del TSD, sin que haya que pedirlos de nuevo por cada gestor autorizado de cada procedimiento.
Estos cambios en la interoperabilidad se producirán en cuanto tenga efecto el convenio de RED SARA con el INSS que la CARM, estará o está tramitándose.
Sin embargo, distinto es el acceso a INFOTSD, donde esta equivalencia no se realizará de modo automático en el INSS, sino que cada autorizado anteriormente para el acceso a SILCON, lo tiene que pedir para INFOTSD.
Tampoco el convenio de la CARM de interoperabilidad con el INSS cubre esta prestación de acceso directo a la información, ni anteriormente con SILCON, ni en la actualidad con la Tarjeta Social Digital (TSD), para ello hay que tener firmado un convenio distinto de Tarjeta Social Digital, y este convenio no está firmado a nivel CARM, sino lo tiene firmado la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y su órgano autónomo el IMAS.
¿Cómo solicito este acceso a INFOTSD?
En este momento y de modo provisional, hasta que se formalice por parte de Secretaría General de la Consejería de Política Social, el procedimiento y su alcance, se solicitará a esta Consejería a través del procedimiento 3090, formulario electrónico destinado a la solicitud de acceso a plataformas sociales y sanitarias, pero el solicitante tendrá que cumplir los siguientes requisitos:
1. Realizar tareas de empleado Público para la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad o para el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
2. Disponer de certificado electrónico tanto para su solicitud como para la firma de la confidencialidad.
3. Que dicho acceso sea validado por su superior de modo electrónico.
4. Firmar electrónicamente la confidencialidad de alto nivel para plataformas social y sanitarias.
5. Estar de alta laboral
A través de este sistema no se dará a nadie que no pertenezca a la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad o del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
¿Cómo es el procedimiento de solicitud?
El procedimiento es como cualquier otra solicitud a través del procedimiento 3090 de acceso a Plataformas Sociales y Sanitarias. Este procedimiento está acogido a la normativa del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) para datos de ALTO NIVEL, dejando una trazabilidad no solo de los accesos electrónicos sino de todo el procedimiento y comprobaciones a realizar para permitir el acceso. Por este procedimiento además de solicitarse el INFOTSD, también se solicitan los accesos a: – VISI, Historia Única Social de la CARM, – AGORA+ Acceso a la Historia Única Sanitaria del SMS – MIRA Gestión de Dispensación de medicamentos del SMS. – y otras plataformas..
Para solicitar el acceso debes acceder al formulario electrónico con certificado o dni electrónico:
El procedimiento es como cualquier otra solicitud a través del procedimiento 3090 de acceso a Plataformas Sociales y Sanitarias. Este procedimiento está acogido a la normativa del ENS (Esquema Nacional de Seguridad) para datos de ALTO NIVEL, dejando una trazabilidad no solo de los accesos electrónicos sino de todo el procedimiento y comprobaciones a realizar para permitir el acceso. Por este procedimiento se solicitan los accesos a:
– VISI, Historia Única Social de la CARM, – AGORA+ Acceso a la Historia Única Sanitaria del SMS – MIRA Gestión de Dispensación de medicamentos del SMS. – Registro de Funcionarios Habilitados. – y otras plataformas.
PROCEDIMIENTO PASO A PASO.
01. Solicitud de acceso a la plataforma. Para solicitar el acceso a la plataforma podemos realizarlo de dos formas distintas:
– Desde formulario electrónico: para ello utilizaremos certificado o dni electrónico. Accederemos desde el siguiente enlace:
– Desde otras plataformas internas que tengan la posibilidad de gestionar usuarios, como ICC-SANSONET, SUSI y CATI.Para saber más como hacerlo pincha aquí.
02. Comprobación de Requisitos. Cada plataforma requiere de unos requisitos para su acceso, en este paso, el sistema comprueba que el solicitante cumpla con todos los requisitos exigidos para la plataforma requerida.
De requerir esta plataforma confidencialidad y de no tenerla el solicitante, seguiremos por el paso 03, de no ser así seguiremos por el paso 05.
03. Solicitud de Confidencialidad. El sistema elaborará una petición de firma de confidencialidad, generando un documento con un expediente y un enlace para que el solicitante firme su confidencialidad, para ello hay que tener un certificado o dni electrónico. Esta petición será notificada por SEDE ELECTRÓNICA y por correo electrónico al solicitante.
04. Firma de Confidencialidad. El solicitante accederá al enlace facilitado e introducirá el código del expediente facilitado para realizar la aceptación y conocimiento de la confidencialidad y medidas de seguridad. Lo tendrá que hacer con DNI o certificado electrónico. Para saber más sobre este proceso. Dispondrá de 10 días hábiles para la firma, transcurrido este tiempo se entenderá desistido en su solicitud.
05. Bastante y valoración de la propuesta. El sistema tras la comprobación de requisitos del paso 02 o tras la firma de la confidencialidad, propondrá que se CONCEDA o DENEGADA la solicitud cursada. En el caso de que sea DENEGADA propondrá los diversos motivos que se incumplen.
06. Comunicación al solicitante. El sistema mediante un documento comunicará al solicitante si su solicitud ha sido concedida o denegada y de haber sido denegada por los motivos que ha incumplido con respecto a los requisitos exigidos.
07. Alta de usuario en el sistema, roles y permisos por perfiles. El sistema procederá a la alta o modificación del usuario en el sistema, aplicará los roles, permisos y acceso a centros según corresponda en su perfil profesional y plataforma elegida.
08. Solicitud automatizada de acceso derivado a otras plataformas. Es posible que a través de este sistema hayamos solicitado acceso a otras plataformas que no son de gestión del sector social de la Consejería de Política Social o Imas, de ser así, el sistema comunicará o derivará esta alta a ese sistema. Dependiendo del ente o sistema externo, requiere de un documento sellado de petición, o alta manual por personal de GEAS en aplicaciones Regionales o Estatales, como sería el caso del Registro General de Funcionarios Habilitados o INFOTSD.
Valga el siguiente ejemplo en caso de la solicitud de Agora+ al sistema del SMS, este proceso en la actualidad se está automatizando.
En una gestión de atrasos tenemos dos actuaciones totalmente diferencias, la fase del cálculo de esos atrasos y el pago inmediato de estos importes contra el ejercicio actual, fase contable ADOK, y una siguiente actuación que corresponde a los efectos e importes a ampliar a consecuencia de esta actualización que se traduce en fases contables de A+ y D+ plurianuales por concierto.
En este caso nos centraremos en el primer tipo de actuación, el cálculo de estos importes y su pago con cargo al ejercicio actual, expedientes ATRL que corresponden a una gestión globalizada por año de atrasos, expedientes RATR, y cuya gestión se realiza parte en la plataforma ICC-SANSONET encargada de las liquidaciones mensuales de las estancias y servicios, y el resto en la plataforma GTS.
En cuanto la segunda actuación de su impacto en las fases A+ y D+ plurianuales serán mediante expedientes VSOC asociados a su expediente de Contrato Social, CSOC. Para saber más sobre este asunto pulse aquí.
En la gestión de este procedimiento, los pasos a seguir son:
PASO 01. Plataforma ICC-SANSONET. Cambio de nuevos precios actualizados en los contratos. Actualizaremos en todos los contratos y servicios los nuevos precios a aplicar. Una vez realizado realizados los cambios de precio, el sistema recalculará por centro las liquidaciones ya practicadas al nuevo precio, obteniendo una diferencia, entre lo que se liquidó, y lo que se tenía que haber liquidado.
PASO 02. Plataforma ICC-SANSONET. Las entidades y centros, desde esta plataforma podrá revisar estos cálculos, abriéndose un plazo para que estas comuniquen aquellas desviaciones o importes que crean equivocados. El uso y manejo de estas opciones en la plataforma lo tienen detallado en el siguiente enlace. De estar de acuerdo con los cálculos efectuados la entidad obtendrá un documento de aceptación y notificación de estos atrasos, momento en el que sea crea en nuestro sistema un expediente ATRL
PASO 03. Plataforma ICC-SANSONET. De estar de acuerdo con los cálculos efectuados la entidad obtendrá un documento de aceptación y notificación de estos atrasos, momento en el que sea crea en nuestro sistema un expediente ATRL dejando en el estado 1210, pendiente de recibir firmado electrónicamente la aceptación y notificación de los atrasos.
PASO 04. Plataforma ICC-SANSONET. La entidad subirá desde esta plataforma el documento de aceptación y notificación firmado, momento en que nuestro expediente ATRL se actualizará al estado 3000, pendiente de recibir la factura electrónica de la entidad y la carga de sus datos.
PASO 04. GTS estado 3000. Los distintos servicios revisarán los expedientes ATRL completando en su ficha los datos correspondientes a la factura presentada por la entidades de modo electrónico a través de TRAMEL.
PASO 05. GTS estado 4920. El sistema realizará un INFORME PROPUESTA de las Subdirecciones proponiendo el pago, este informe lo firmarán la Subdirección de cada Dirección General.
PASO 06. GTS estado 6270. El expediente se quedará en espera de ser incluido en un formato excel junto a otros expedientes ATRL agrupados por CPV, para ser procesado y generar los documentos contables ADOK necesarios.
PASO 07. GTS estado 8030. El expediente ATRL ha sido incluido en un disco generado (remesa) desde su expediente general RATR y enviado a gestión económica para que este lo procese, generando los documentos ADOK necesarios.
PASO 08. GTS estado 4960. El expediente ATRL junto a otros expedientes ATRL cuyos documentos han sido generados (Remesa) son enviados a Intervención para que sean intervenidos. La intervención revisará los siguientes documentos:
– Documento de Notificación y aceptación de la entidad firmado. – Factura presentada por TRAMEL, – Conformidad del responsable de la factura, – Informe propuesta debidamente firmado, siendo los firmantes correspondientes dependiendo de ser mayor o menor de 30.000.
PASO 09. GTS estado 4961. Ya ha sido revisado por la inspección y emitido el correspondiente informe de intervención.
PASO 10. GTS estado 5020. El sistema realiza la correspondiente resolución de contabilización del documento ADOK, que será firmado por las Direcciones Generales en caso de menor de 30.000 euros, o por la Dirección Gerente en cantidades superiores a 30.000 euros.
PASO 11. GTS estado 8031. El sistema enviará un mensaje adjuntando la resolución al departamento de contabilización para que este contabilice el correspondiente documento.
PASO 12. GTS estado 7243. Notificación, se notifica mediante SEDE ELECTRONICA/DHE a las entidades la Resolución firmada.
PASO 13. GTS estado 9900. El sistema creará un expediente VSOC por cada expediente ATRL, recalculado las cantidades a incrementar los A+ y D+ (segunda parte) para que a través de la gestión de GTS se hagan los correspondientes documentos plurianuales.
A través de este procedimiento resolveremos cada Convocatoria de Oferta de Concierto de Plazas públicas expedientes CVPI y cada una de las solicitudes ofertas presentadas, expedientes OPPM y OPPD. Desde este mismo proceso se generará las correspondientes A+ de ampliación de importes de las autorizaciones plurianuales de cada concierto. Recordemos que la fase D+ se hará a través de expedientes VSOC de variaciones en el concierto social. Para saber más pincha aquí.
Expedientes CPVI/CPVC Convocatorias de Oferta de Concierto Social
Estos expedientes recoger la resolución de la Convocatoria de la Oferta de Plazas y servicios de Concierto Social, procedimiento 3053. En él se recoge la gestión y resumen de la resolución individual de cada solicitud de oferta individualizada de cada entidad, para uno o varios servicios a la vez.
Tendremos dos variedades:
– CPVI Convocatorias de Concierto Social en el Imas y – CPVC Convocatoria de Concierto Social en la Consejería.
A su vez, estas gestionan diversos expedientes individuales de las solicitudes de las entidades de ofrecimiento del plazas o servicios:
– OPPM, Solicitudes de Oferta Pública de Personas Mayores, – OPPD Solicitudes de Oferta Pública de Personas con Discapacidad, – OPMN Solicitudes de Oferta Pública de Servicios de Menores y – OPSF Solicitudes de Oferta Pública de Servicios de Familia.
Paso 01. Estado 0002. Creación expediente CVPI o CVPC de apertura de la Convocatoria.
Paso 02. Estado 0002. Presentación de solicitudes de oferta pública por la entidades participantes. Este estado permanecerá hasta que finalice el plazo de presentación de ofertas.
Paso 03. Estado 0002. Acabado el plazo de presentación de solicitudes, las subdirecciones revisaran todas las solicitudes presentadas resolviendo el procedimiento y los pasos en cada OPPM, OPPD, OPMN o OPSF.
Paso 04. Estado 7112. Recalculo. Una vez resueltos todos los expedientes de solicitud OPPM, OPPD, OPMN o OPSF, cada subdirección transportará los datos a el CVPI, o CVPC correspondiente a través del botón TRAER PLAZAS (1). Con el botón RECALCULO (2), el sistema transportará los precios actualizados existentes en cada CSOC, así como realizará las operaciones correspondientes de COPAGO, e IVA según corresponda, obteniendo totales por los diversos Servicios ofertados. Se comprobaran estos cálculos asegurándonos que estos importes no superan los importes reservados a través de sus correspondientes A.
Paso 05. Estado 7112. Informe técnico previo. Cada subdirección a través de CARMEN (3) escogerá la plantilla oportuna y la completará para elaborar su informe técnico previo. Este informe será enviado la firmas de los correspondientes Jefes de Servicio con el visto bueno de la Subdirección.
Paso 06. Estado 4926. Informe propuesta de las subdirecciones para la realización del correspondiente documento de A+ de aumento de importes de autorización plurianuales, que serán firmados por la correspondiente subdirección.
Paso 07. Estado 4955. Informe propuesta de Contratación para la realización del correspondiente documento de A+ de aumento de importes de autorización plurianuales, que serán firmados por la Jefatura de Sección de Contratación.
Paso 08. Estado 5026. Resolución para la realización del correspondiente documento de A+ de aumento de importes de autorización plurianuales, que serán firmados por los/as Director/as Generales de ser de importe menor de 30.000 euros, de ser mayor firmara el/la Director/a Gerente.
Paso 09. Estado 8203. Se envía una mensaje a Gestión Económica y Contabilidad adjuntando la Resolución, con la finalidad de que se realice el correspondiente barrado del A general de resolución de la oferta, para realizar los correspondientes A+ plurianuales de cada concierto concreto .
Paso 10. Estado 8200. Generación de los documentos contables A+ plurianuales de cada concierto.
Paso 11. Estado 7243. Creación de los correspondientes expedientes VSOC por incremento de plazas por concierto para realizar la fase D+.
Cada Concierto Social pertenece a un tipo de servicio prestado por una entidad fiscal distinta. Por lo que se podría dar el caso, que una misma entidad fiscal tenga un solo concierto social para la prestación de un servicio, aunque este fuese realizado por la entidad en diversos centros de su titularidad. Así pues, un habrá un expediente CSOC por cada entidad fiscal con un determinado servicio, y no un determinado centro.
Luego un expediente CSOC puede estar asociado a un único centro, o por consiguiente corresponder a varios centros de la misma entidad que prestan el mismo servicio.
Servicios Concertables:
Tipo de Servicio
Descripción del Servicio
ACFA
Servicio de Acogimiento Familiar de Menores
ADIS
Centros de Atención a Personas con Discapacidad
AINM
Albergues Inmigrantes
AMUJ
Residencias de Acogimiento de Mujeres
ATI
Atención a la Infancia
CDDA
Centro de día para personas con TEA
CDDF
Centro de día para personas con discapacidad física
CDDI
Centro de día para personas con discapacidad intelectual
CDDM
Centro de día para personas con TMG
CDIAT
Centro de Desarrollo Infantil y Atención Temprana
CDM
Centro de Día Personas Mayores
CDMA
Centro de Día Pesonas Mayores Alzheimer
CEPAP
Centro de Experimentación para el Aprendizaje Permanente
CSEXS
Centro y Servicios de personas con riesgo de Exclusión
ECO
Serv. Espzdos Comarcales Apoyo Menores y Familia
MEDF
Mediación Familiar
MJMA
Serv. Seguimiento Medidas Judiciales en Medio Abierto
MJMN
Reserva plazas Medias Judiciales sin seguridad
MJMS
Reserva plazas Medidas Judiciales con seguridad
MLME
Media y Larga estancia Menores Tutelados
MMJ
Menores en Medidas Judiciales
PAI
Puntos de Atención a la Infancia
PAML
Primera acogida Media y Larga estancia 0-6 años
PENF
Punto de Encuentro Familiar
PMDI
Plazas para Menores con Discapacidad
PMEM
Servicio de Primera Acogida a Menores Emerg. Social
PMPC
Plazas para Menores problemas de conducta Tutelados
RAHUM
Recursos de Atención Humanitaria para personas Inmigrantes
RDAU
Residencia para personas con TEA
RDEM
Residencia para personas con TMG
RDF
Residencia para personas con discapacidad física
RDI
Residencia para personas con discapacidad intelectual
REVIH
Residencia para afectados por SIDA
RFAM
Respiro Familiar
RFMS
Respiro Familiar equivalente a SAD
RPIINT
Recursos de Portección Internacional para personas Inmigrantes
RPM
Residencia Personas Mayores
RPMG
Residencia Personas Mayores Psicogeriatricas
RPP
Protección de Menores
SAD
Servicio de Ayuda a Domicilio
SAFA
Serv. Atención Espec. a Menores en riesgo y Familia
SAFT
Servicio Acogimiento Familiar Temporal y de Urgencia
SAMT
Servicio Acogimiento Familiar Menores Tutelados
SAP
Servicio de Asistencia Personal
SCD
Servicio de Comidas a Domicilio
SCME
Servicio Colaboraciones Menor
SDIV
Servicio a la Diversidad de Género
SEPADF
SEPAP Personas con Discapacidad Física
SEPADI
SEPAP para personas con discapacidad intelectual
SEPAED
SEPAP Etapa Educativa
SEPAP
Servicio para la Promoción de Autonomía Personal
SEPAPM
SEPAP Personas Mayores
SEPAPVI
SEPAP Vivienda de Estancia Temporal
SEPATG
SEPAP para personas con TEA
SEPATM
SEPAP para personas con TMG
SPVI
Serv. de Preparación para la vida independiente
SSAF
Servicio Intervención y Supervisión Acogimiento Familiar
TLA
Teleasistencia
VCPM
Vivienda Colectiva de Personas Mayores
VIEXS
Viviendas para personas con riesgo de Exclusión
VINM
Viviendas Inmigrantes
VOL
Voluntariado
VTDI
Vivienda Tutelada Personas con Discapacidad Intelectual
VTEM
Vivienda tutelada para personas con TMG
VTF
Vivienda Tutelada Personas con Discapacidad Física
Expedientes VSOC (Variaciones)
Este expediente de Concierto Social o Convenio, puede ir sufriendo variaciones a lo largo de su validez (4 o 5 años), variaciones de incremento de plazas concertadas, incremento de precios por la subidas de precios con arreglo al IPC, variación en la tipología de sus plazas para prestar el mismo servicio, o variaciones en los precios por las intensidades de sus residentes. Cada una de estas variaciones genera un expediente VSOC de Variación en el Concierto Social y su repercusión plurianual hasta su duración.
Así pues encontraremos diversos tipos de VSOC dependiendo de la variación de que se trate.
Esta Variación determinará el caminó que seguirá este expediente, los documentos que elaborará y la fase contable que realizará, a su vez este expediente VSOC puede venir derivado de otros expedientes de gestión de conciertos como es el caso del procedimiento 3053 Oferta de Plazas Públicas en Conciertos Social del IMAS, o del 3625 Oferta de Plazas y Servicios Públicos de Concierto Social de la Consejería. Expediente CVPI y sus hijos OPPM, OPPD, OPMN, OPFM.
Tipo de Variación
Fase Contable
Procedencia
Observaciones
Incremento de Plazas Oferta
D+
CVPI, OPPM, OPPD
Fase segunda en la resolución de concesión y ampliación de plazas de Concierto Social
Incremento de precios (Atrasos)
ADOK
ATRL
Gestión de atrasos por el incremento de precios gestionada desde ICC-SANSONET
Incremento de precios
AD
Incremento de precios sin pago de atrasos
Variaciones de Plazas
sin repercusiones económicas
VSOC (Incremento de plazas oferta pública)
Fase A+. Expedientes CVPI, OPPM y OPPD.
Tal y como explicábamos anteriormente este proceso se realiza en dos gestiones distintas de expedientes, por un lado la gestión del Concierto Social fase contable A+ (aumento de las cantidades autorizadas plurianuales a consecuencia del incremento de plazas) cuya gestión se realiza en la resolución y en el proceso de los expedientes CVPI, OPPM y OPPD del procedimiento 3053 y 3625.
Este proceso concluye creado los expedientes VSOC necesarios para realizar la Fase D+ plurianual de la reserva de crédito de cada Concierto Social CSOC. Para saber más sobre este proceso pinche aquí.
Fase D+.
Centrándonos en esta segunda fase concreta, el recorrido de nuestro expediente es del siguiente:
Paso 01. Estado 0002. Expediente creado pendiente de su revisión. En este paso comprobaremos que la creación del VSOC derivado de cada OPPM, OPPD se corresponde con la resolución del Concierto.
Paso 02. Estado 4910. El sistema emitirá un Informe Propuesta de documento D+ de las Subdirecciones que firmará la subdirección correspondiente.
Paso 03. Estado 4727. El sistema emitirá un Informe Jurídico previo a la proposición de contabilización del documento D+ de Contratación que firmará la jurídica correspondiente con el visto bueno de la Jefatura de Servicio Jurídico. Existen dos modalidades, los nuevos conciertos con nuevas entidades, o la ampliación de plazas sobre concierto ya existente con la entidad.
Paso 04. Estado 8505. El sistema emitirá un Informe de proposición de contabilización del documento D+ de Contratación que firmará la Jefatura de Sección de Contratación. Existen cuatro modalidades, los nuevos conciertos con nuevas entidades mayores y menores de 30.000 euros, o la ampliación de plazas sobre concierto ya existente con la entidad mayores o menores de 30.000 euros.
Paso 05. Estado 4964. El sistema generará los documentos D+ previos a la fiscalización enviado un correo electrónico con el informe de contratacion al departamento de Gestión Económica para la supervisión de dichos documentos. Una vez verificados y creados los diversos documentos contables, el departamento de gestión económica le da traslado a la intervención para su correspondiente revisión e informe de fiscalización.
Paso 06. Estado 4964. La intervención revisa el expediente para su intervención para emitir su correspondiente informe. Comprueba la existencia y la validez de los siguientes documentos:
– Solicitud de oferta de plazas de la entidad. – Certificado de acreditaciones para comprobar que no se adjudican más plazas que las autorizadas para ese servicio. – El informe propuesta de la Subdirección. – El informe jurídico. – El informe proposición de contratación, – y la correcta creación de los documentos contables D+.
Paso 07. Estado 4965. Indica el estado del expediente con el informe favorable de intervención, donde se encuentra adjuntado el informe correspondiente de fiscalización.
Paso 08. Estado 5828. Emite la correspondiente resolución, existiendo 4 modalidades, la modalidad de nuevo concierto o de ampliación del existente, combinado con importes menores de 30.000 que firmará la correspondiente Director/a General o mayores de 30.000 que firmará el/la Director/a Gerente del IMAS.
Paso 09. Estado 8201. El sistema emite un correo electrónico adjuntando la Resolución firmada para que el departamento de Contabilización, contabilice finalmente el documento D+.
Paso 10. Estado 5200. Una vez contabilizado el sistema determinará si se trata de un nuevo contrato o por el contrario una ampliación, de ser una ampliación el sistema elaborará un documento tipo para todos los servicios, de ser un nuevo concierto el sistema dependiendo del tipo de servicio elaborará un contrato-concierto con las clausulas del concierto social para ser enviado a la firma de la Gerencia del Imas y del Representante Legal de la entidad..
Paso 11. Estado 9900. Al avanzar a este paso, el expediente quedará concluido no antes de realizar la correspondiente actualización de los importes autorizados y disponibles plurianualmente sobre el expediente inicial CSOC con el que encuentra relacionado, dejando una nueva versión actualizada de importes, precios y plazas.
VSOC (Actualización de importes por incremento de precio)
Derivado de una gestión de atrasos
Fase ADOK ejercicio actual. Expedientes ATRL.
Tal y como explicábamos anteriormente este proceso se realiza en dos gestiones distintas de expedientes, por un lado la gestión del Concierto Social fase contable ADOK (pago de los atrasos debidos a la actualización de un incremento de precios con efectos retroactivos) cuya gestión se realiza en la resolución y en el proceso de los expedientes ATRL del procedimiento 2743 a través del aplicativo ICC-SANSONET.
Este proceso concluye creado los expedientes VSOC necesarios para realizar la Fase A+ y D+ plurianual de la reserva de crédito de cada Concierto Social CSOC. Para saber más sobre este proceso pinche aquí.
El pasado día Miércoles, 28 de agosto de 2024 se publicó en el Borm el «Acuerdo de coordinación entre las Consejerías de Política Social, Familias e Igualdad, la Consejería de Salud, la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, el Servicio Murciano de Salud (SMS) y el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) para el establecimiento de un entorno cerrado de comunicación que posibilite la interoperabilidad y el intercambio de datos de la historia clínica e información social».
La Comisión Sociosanitaria es la encargada de ir expandiendo y desarrollando este proyecto «GALENO» entre todas las entidades Residenciales. Para saber más sobre la Comisión Sociosanitaria pulsa aquí.
Requisitos que hay que cumplir.
En el caso que sea un profesional que realiza su trabajo en un Centro de Atención Residencial para Personas Mayores o Personas con Discapacidad podrá solicitar el acceso a la Historia Única Sanitaria del SMS (Agora+) y/o a la Historia Única Social (VISI) de los usuarios residentes de su centro, siempre que cumpla los siguiente requisitos:
1. Ser un centro CONCERTADO destinado a la Atención Residencial para Personas Mayores y/o Personas con Discapacidad.
2. Que la Entidad Concertada se haya suscrito al Convenio de Intercambio de datos en entorno cerrado de comunicaciones.
3. Que el profesional que solicite el acceso tenga la categoría laboral y profesional requerida.
4. Que este profesional se encuentre de alta entre los profesionales que prestan el servicio en el centro de residentes solicitado. Para incluirlo en los profesionales que prestan el servicio pulse aquí.
5. Que el profesional firme el acuerdo exclusivo de confidencialidad y de tener conocimiento de sus obligaciones en materia de seguridad y protección de datos.
6. que la entidad lleve actualizado sus datos contables, de contacto, de residentes y de profesionales en ICC-SANSONET. ¿Qué debo llevar al día?
Categorías exigidas.
Según el perfil profesional se podrá acceder a una plataforma u otra, o ambas con diversos perfiles y posibilidades:
VISI – (Vista de Información Social Integrada) . Historia Única Social Regional.
– Trabajador Social.
AGORA+ – Historia Única Sanitaria Regional.
– Trabajador Social.
– Médico.
-Enfermero.
Según el perfil profesional se podrá acceder a una plataforma u otra, o ambas con diversos perfiles y posibilidades.
1. Solicitud del acceso mediante dni o certificado electrónico en el formulario electrónico 3090, con el certificado de representante legal de la entidad que ha suscrito el convenio.
2. Solicitud desde ICC-SANSONET desde los formularios creados a tal efecto, dentro la gestión del profesionales asignados al contrato, donde dependiendo de la categoría del profesional dado de alta, se podrá solicitar el acceso a la Historia Única Social (VISI) y Sanitaria (AGORA). Mas información en el siguiente enlace.
3. En el caso de que no tenga firmada la confidencialidad, el departamento gestor, Informática, le enviará un documento solicitando que firme la confidencialidad con su certificado y DNI electrónico en un formulario electrónico realizado a tal fin. Mas información en el siguiente enlace.
4. El departamento gestor comprobará que tenga la categoría laborar requerida para el acceso a esta plataforma, que se encuentre de alta laboral y que esté entre el personal del departamento solicitante.
5. De cumplir con los requisitos, y la alta solicitada corresponda a una plataforma del SMS (Agora+) el departamento gestor enviará modelo sellado electrónicamente de alta en la plataforma al Servicio Murciano de Salud.
6. De no cumplir con los requisitos, o no firmar la confidencialidad en 10 días, el departamento gestor le comunicará su denegación de acceso.
Para ver con mayor detalle el procedimiento pulsa aquí..