CONCIERTO SOCIAL – Apertura de plazo para la presentación de solicitudes de oferta de plazas a concertar durante 2023 del sector de personas con discapacidad, para personas con trastorno mental grave (servicios de centro de día, atención residencial y promoción de la autonomía personal).

Se acaba de publicar en el Portal de Transparencia la oferta de plazas a concertar durante 2023 del sector de personas con discapacidad, para personas con trastorno mental grave (servicios de centro de día, atención residencial y promoción de la autonomía personal).

Documento en el Portal de Transparencia

                El plazo que tienen las entidades para solicitar la concertación de plazas se inicia el día de la publicación en el Portal de Trasparencia y finaliza el día 28 de Marzo de 2023. La solicitud se debe realizar a través de la sede electrónica, utilizando el formulario del procedimiento cuyo código es 3053.

https://sede.carm.es/jAD/IMAS/cache/F3053.xhtml

Recuerde este formulario solo puede ser reclamado mediante certificado electrónico de entidad jurídica.

                Tras la finalización del plazo de solicitudes, se estudiarán las presentadas y se realizará la valoración conforme a lo establecido en el Decreto nº 10/2018, de 14 de febrero, que regula este procedimiento. Se adjudicarán las sesiones mediante la oportuna resolución y se formalizarán los conciertos sociales correspondientes.          

¿Cómo se maneja el formulario 3053?

Publicado en Conciertos Sociales, Desescalada Personas con Discapacidad, Formularios Electrónicos | Deja un comentario

FORMULARIOS – 3035 Oferta de Plaza Pública. ¿Cómo relleno el formulario específico del procedimiento 3035?

El formulario 3035 está destinado a la Oferta de Plazas y Servicios del Concierto Social. Por ello, solo se puede entrar con un certificado de Entidad.

RECUERDE: Que en caso de servicios por sesiones y/o horas, en el apartado de Plazas debe usted computar el total de horas o sesiones de su servicio, como por ejemplo en el caso de Centros de Atención Temprana (CDIAT) o SAD, y en el apartado PLAZAS computará el total de sesiones que ofrece.

Acceso directo al formulario

Publicado en Administración Electrónica, Formularios Electrónicos | Deja un comentario

REGISTR@IMAS/INMA – ¿Cómo enviar las remesas a la Imprenta Regional y como consultar la trazabilidad del envio?

¿Cómo enviar a la imprenta?

Con anterioridad, cuando realizábamos una remesa de correos, además de cerrarla, pre-registrarla en correos (si era con prueba de entrega electrónica, código NT, acuse de recibo), teníamos que bajarnos a una carpeta propia de nuestro ordenador la relación de detallada de las cartas a enviar, y por descarga para envio a la imprenta todos los documentos a enviar.

Una vez teníamos completa nuestra carpeta, conectábamos a ALFRESCO y con nuestras credenciales subir estos documentos.

Posteriormente avisar a la imprenta de este descarga de archivos para que ella la recogiese de ALFRESCO y procediese a su impresión, ensobrado y distribución.

AHORA, esto no es necesario, gracias a la puesta en marcha del proyecto INMA (Impresión Notificación por Medios Automatizados). Nos bastará con una vez concluida pulsar la opción de Imprenta Regional. Envio.

No debemos olvidar, que en caso de envíos por CORREO ORDINARIO EN EL IMAS (no en la Consejería), la entrega no se realizará a CORREOS, por lo que antes nos preguntará si hemos hecho el correspondiente ALBARAN de envío que exige la entidad contrada ASICORREO.

En el resto de casos, tanto la Consejería con envíos de acuse de recibo, como con envíos de correo ordinario no es necesario, ya que los profesionales de la Imprenta Regional conocen los códigos de cliente de cada entidad, siendo ellos los que realizan el correspondiente albarán. No es el caso del correo ORDINARIO en el IMAS, que tiene a otra entidad contratada.

¿Cómo saber cómo va nuestro envio?

Al ser enviado por este sistema va quedando «rastro, trazo» del recorrido que va realizando la remesa y cada unas de sus cartas, por ello es posible consultar desde esta misma remesa como se encuentra en su recorrido.

Para ello disponemos de una opción que nos mostrará el estado de la traza de la remesa, la encontraremos en las opciones IMPRENTA REGIONAL, Consulta de Estado.

Una vez consultada el sistema nos mostrará el estado en que se encuentra el trabajo (Estado: FINALIZADA) y nos indicará la fecha en que fue pedido el trabajo a la imprenta, la fecha en que fue asignado el trabajo a un profesional de la imprenta, la fecha en que fueron impresas, la fecha en que fue ensobrada y la fecha en que fue entregada a la empresa de reparto.

Publicado en Administración Electrónica, REGISTR@-IMAS - Gestión de Registro y Notificaciones | Deja un comentario

SUBVENCIONES – Preguntas y respuestas más frecuentes sobre el «Pequecheque» en CAI/PAI

¿Todos los niños deben de estar inscritos en la plataforma aunque sus padres no quieran o no necesiten las ayudas?

 En principio no, para la solicitud de esta ayuda, pero no debemos olvidar las obligaciones establecidas cuando la entidad se acreditó ante el Registro Regional de Centros de Servicios Sociales, el de presentar anualmente el libro de altas y bajas de las personas atendidas, por lo que existe la obligación de tenerlos metidos y actualizarlos al día.

¿Cómo pueden los centros recabar de las familias la información que necesitan para cumplimentar el formulario de solicitud en sede electrónica?

Como sugerencia : 

Opción A.  Cumplimentarlo en el momento de la presentación en presencia del o la solicitante.

Opción B.  Distribuir a las familias la solicitud /borrador para que lo cumplimenten y en el momento de presentar la solicitud en sede electrónica , transcribir lo que las familias han indicado.

¿Un padre/madre que escolarizó a su hijo durante dos meses en una escuela infantil al inicio del curso 2022/2023, en su momento, pidió la ayuda que ofrecían para las escuelas infantiles que pertenecían a educación. Después de esos dos meses se dio de baja de esa escuela y se matriculó en la nuestra. Le han concedido la ayuda de la escuela infantil anterior pero no ha recibido ese dinero todavía, por lo que ha presentado una renuncia para no obtenerla. ¿ Puede entonces pedirla en esta convocatoria puesto que ha renunciado a la anterior y su hijo se encuentra matriculado en un nuevo centro?

No puede, esta ayuda es solo para aquellas familias que no tenían la oportunidad de pedirla al no haber estado en un centro adscrito a Educación, si renuncia, renunciará a la subvención, ya que esta subvención no está destinada para familias que tuviesen sus hijos matriculados en CAI/PAI que pudieron acogerse a la ayuda de Educación.

De igual manera, pasa con aquellas familias que teniendo derecho a solicitarla en Educación no lo hicieron.

¿Cuándo me pide fecha de ingreso a que fecha se refiere?

Es la fecha de cuando el niño o niña ingresó en el centro, no la de matriculación.

¿Si ingresó, estuvo un tiempo y ahora no está?

En ese caso debe darlos de alta con la fecha en que ingresó, posteriormente le daremos instrucciones de como se introducen las bajas para que su estancia quede registrada en el centro y no pierda su derecho a solicitar esta subvención.

¿Qué documentos hay que escanear?

1. Cláusula de consentimiento a la consulta de datos de la unidad familiar.

2. Otorgamiento de representación ante la administración.

3. Certificado de entidad bancaria.

4. Libro de familia, inscripción en el Registro Civil o partida de nacimiento.

Una vez se informe a las familias se le puede solicitar que los traigan escaneados en formato pdf y los envíen por correo para evitar el escaneo en el centro. De igual manera el documento numero dos se puede dar con los datos de la entidad CAI relleno y sellado, para que una vez la familia lo rellene y lo firme, lo escanee y lo envíe al centro.

Mas detalle en CAI/PAI – Procedimiento inicial para la puesta en marcha de la subvención a familias de menores entre 0 y 3 años, matriculados en CAI/PAI no registrados como Entidades de Educación.

¿Los documentos se guardan en SANSONET?

No, se aportan el día que se realice por sede electrónica la solicitud.

¿Qué documentos hay que aportar con la solicitud?

1. Cláusula de consentimiento a la consulta de datos de la unidad familiar.

2. Otorgamiento de representación ante la administración.

3. Certificado de entidad bancaria.

4. Libro de familia, inscripción en el Registro Civil o partida de nacimiento.

Los documentos a aportar, ¿Dónde los podemos encontrar??

Tal y como decíamos anteriormente en el enlace del blog:

CAI/PAI – Procedimiento inicial para la puesta en marcha de la subvención a familias de menores entre 0 y 3 años, matriculados en CAI/PAI no registrados como Entidades de Educación.

Si hay niños sin DNI ¿Cómo lo generamos?

Generaremos uno ficticio con un botón y utilidad que existe en la alta en SANSONET, tal y como nos muestra el siguiente video:

ICC-SANSONET – ¿Cómo damos de alta menores con sus progenitores?

Doy de alta a un/a niño/a y aparece que la operación es correcta, pero no me aparece. ¿Dónde puedo verlo?

Cuando damos de alta el niño de modo correcto, en la pantalla principal en la que estamos, USUARIOS DEL CENTRO, debe aparecer una vez le damos al botón de BUSCAR.

En el apartado de presentación como “representante” ¿Quién debe aparecer CAI o PAI o la persona que gestiona?

Debe aparecer el centro CAI/PAI que gestiona, ya que nosotros tenemos la relación de personas autorizadas por ese CAI/PAI para la gestión en materia de Representación.

De cara a la justificación. ¿Las familias que han pagado en metálico mensualmente como lo justificarán?

Esto será necesario en la fase de justificación, pero no en esta primera fase de solicitud. Hasta que no se le resuelva a la familia la solicitud, realizadas las correspondientes comprobaciones y sepa la cantidad subvencionada, en el caso de que le correspondiese, no entramos en esa fase de justificación.

En cualquier caso, en estos caso será el centro el que le emitirá un certificado de las cantidad aportadas en razón de las cuotas, así como de los gastos de matriculación.

En la Orden de convocatoria se recoge entre la documentación a presentar para justificar las subvenciones lo siguiente:

– Facturas emitidas por el centro privado autorizado y documentos de pago (recibí en caso de pago en efectivo, documento acreditativo de la transferencia bancaria o cargo en cuenta) o documentación acreditativa de haber pagado el precio público en el caso de los CAI y PAI municipales.

– Facturas y documentos de pago (recibí en caso de pago en efectivo, documento acreditativo de la transferencia bancaria o cargo en cuenta) de la adquisición de uniformes y otro material de uso individual necesario para la asistencia al CAI o PAI.

De cara a la justificación. ¿Las familias pagan mediante cheque guardería que le facilitan las empresas en las que trabajan?

Esto será necesario en la fase de justificación, como decíamos anteriormente, pero no en esta primera fase de solicitud. Hasta que no se le resuelva a la familia la solicitud, realizadas las correspondientes comprobaciones y sepa la cantidad subvencionada, en el caso de que le correspondiese, no entramos en esa fase de justificación.

En cualquier caso, en estos caso tendremos que estudiar en la fase de justificación como tratar este tema, ya que habrá que distinguir estos pagos realizados a través de la empresa, como prestaciones sociales adicionales a su nóminas, y que declaran como ingresos en especie en su renta en caso de corresponderle hacerla, de aquellas otras que se incluyen como gastos de la empresa y no se imputan como prestaciones sociales al trabajador.

Nuestro centro aunque es Municipal, es un empresa de servicios quien lo gestiona. ¿Quién debe introducir los datos y presentar las solicitudes?

Debe ser el responsable y los trabajadores de la empresa que tenga contratado el servicio, ya que esta misma empresa la gestiona los expedientes de estos niños y niñas.

En el documento de consentimiento de la unidad familiar a la consulta de datos ¿ quien es la persona interesada y solicitante?

Solicitante y persona interesada  es quién solicita la subvención, es decir,  (padre, madre, progenitor, progenitora, tutor o tutora) en el apartado parentesco con el solicitante se han de especificar los parentescos de los mayores de 16 años , bien sean hijos o hijas , parejas, cónyuges, etc.. que tengan ingresos con respecto al solicitante y persona interesada y que formen parte de la unidad familiar.

¿Debo recoger en Sansonet/ICC todos los alumnos/as que tengo y los datos de los progenitores o tan solo aquellos que el padre o madre ha manifestado su intención de solicitar esta subvención?

En principio solo debe recaudar los datos de los niños o niñas que sus progenitores han manifestado su interés de solicitar esta subvención, más por ser efectivos en el menor tiempo posible para esta subvención, que la obligación legal que ello supone. No debemos olvidar, que todos los centros acreditados en el Registro de Centros Sociales deben cumplir una serie de requisitos y condiciones, y una de ellas, es llevar un registro actualizado de altas y bajas de los usuarios, al estar informatizado se sustituye por llevar un censo actualizado de los alumnos.

¿Qué es la fase de justificación de esta subvención subvención?

Una vez acabada la fase de solicitud, vendrá la fase de concesión o denegación de esta Subvención. En los casos de las familias a las que les ha sido concedidas tendrán un plazo de tiempo para presentar los justificantes válidos (según la convocatoria), que acrediten haber tenido gastos al menos el importe de la subvención o superior.

Las justificaciones las presentarán las familias beneficias de esta subvención a través de sistema en papel para presentar en registro o través de medios electrónicos con certificado electrónico o sistema de doble factor.

Aquellas familias que el importe justificado sea menor al importe recibido y solicitado tendrán que devolver la diferencia del dinero percibido con los correspondientes intereses legales, de ahí lo importante que es pedir exactamente la cantidad que puedan justificar.

¿Qué documentos justificativos nos pedirán a los CAI/PAI en la fase justificación?

En la Orden de convocatoria se recoge entre la documentación a presentar para justificar las subvenciones lo siguiente:

– Facturas emitidas por el centro privado autorizado y documentos de pago (recibí en caso de pago en efectivo, documento acreditativo de la transferencia bancaria o cargo en cuenta) o documentación acreditativa de haber pagado el precio público en el caso de los CAI y PAI municipales.

– Facturas y documentos de pago (recibí en caso de pago en efectivo, documento acreditativo de la transferencia bancaria o cargo en cuenta) de la adquisición de uniformes y otro material de uso individual necesario para la asistencia al CAI o PAI.

¿Tengo que registrar a los niños y niñas si no han pagado cuota alguna por ser gratuita?

No es necesario registrar a los niños y niñas con sus progenitores si estos no han tenido gasto alguno relacionado con su estancia en el CAI/PAI. Recordemos que esta subvención no solo cubre las cuotas o gastos de matriculación de su estancia en el CAI/PAI, también cubren conceptos como alimentación, vestuario o actividades formativas y lúdicas que se desarrollen en el centro.

De donde, de existir alguno de estos gastos por cuenta de las familias si deben registrarse estos niños en ICC/SANSONET.

¿Cómo y dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Carm, en el siguiente enlace: 

Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. – Inicio (carm.es) 

Número de procedimiento: 4072 donde se accederá a un formulario electrónico para cumplimentar y presentar.  

Siendo este el único medio para hacerlo. 

La solicitud la presentan los Centros y Puntos de Atención previa autorización para su representación  de progenitor, progenitora, tutor o tutora para ello.

¿Cuándo se podrán presentar las solicitudes?

Se podrán presentar cuando salga publicada en el BORM la Orden de Convocatoria.

¿Qué requisitos se tienen que cumplir para poder solicitarla? 

Tener hijos o hijas que asistan a Centros y Puntos de Atención a la Infancia y que no pudieron solicitar ni recibir las becas de la Consejería de Educación porque el Centro o Punto de Atención a la Infancia no estaba registrado ni autorizado por Educación. 

Tener una renta en régimen de tributación individual que no supere los 30.000€ y en caso de tributación conjunta que no supere los 50.000€.  

¿Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones o ayudas para el mismo fin? 

Sí, son compatibles siempre y cuando las subvenciones o ayudas que se hayan recibido por el mismo concepto de otros organismos públicos o privados, no  superen el total que se ha abonado por los gastos derivados de la asistencia y servicios recibidos en los Centros y Puntos de Atención a la Infancia.

Si el Centro donde asiste el menor  es municipal y la escolaridad es gratuita ¿Puedo solicitar la subvención? 

Se puede solicitar siempre y cuando la familia haya realizado gastos por otros conceptos derivados de la  asistencia del menor al centro,  por ejemplo: los gastos de comedor , de matrícula, de horas matinales , de material escolar o uniformes.

¿Cuándo se presenta la justificación si se recibe la subvención? 

Las familias que se les conceda la subvención, tendrá de plazo para presentar las facturas o  documentos acreditativos que justifiquen los pagos realizados del 1 de Agosto y hasta el 31 de Octubre de 2023.

¿Qué cantidad económica se puede solicitar? 

El máximo que se puede solicitar es  1.200€,  pero se puede solicitar menos cantidad si por ejemplo  el niño o niña solo ha asistido 2 meses al Centro o si se tienen ayudas por el mismo concepto y sumándolas sobrepasan la cantidad abonada de las familias a los Centros por la asistencia de los menores.

Publicado en ICC - Ingresos en Centros Públicos y Concertados, Menor y Familia, SANSONet - Red de Servicios Sanitarios y Sociales, Subvenciones | Deja un comentario

CONCIERTO SOCIAL ATENCIÓN TEMPRANA– Apertura de plazo para la presentación de solicitudes de oferta de sesiones del servicio de atención temprana a concertar durante 2023.

Se acaba de publicar en el Portal de Transparencia la oferta de sesiones del servicio de atención temprana a concertar durante 2023: 

Documento en el Portal de Transparencia

                El plazo que tienen las entidades para solicitar la concertación de sesiones se inicia el día de la publicación en el Portal de Trasparencia y finaliza el día 21 de marzo de 2023.

La solicitud se debe realizar a través de la sede electrónica, utilizando el formulario del procedimiento cuyo código es 3053.

https://sede.carm.es/jAD/IMAS/cache/F3053.xhtml

Recuerde este formulario solo puede ser reclamado mediante certificado electrónico de entidad jurídica.

IMPORTANTE: En el formulario electrónico se debe entender como SESIONES ANUALES el apartado de PLAZAS.

                Tras la finalización del plazo de solicitudes, se estudiarán las presentadas y se realizará la valoración conforme a lo establecido en el Decreto nº 10/2018, de 14 de febrero, que regula este procedimiento. Se adjudicarán las sesiones mediante la oportuna resolución y se formalizarán los conciertos sociales correspondientes.

          

¿Cómo se maneja el formulario 3053?

Publicado en Conciertos Sociales, Desescalada Personas con Discapacidad, Formularios Electrónicos | Deja un comentario

CAI/PAI – Procedimiento inicial para la puesta en marcha de la subvención a familias de menores entre 0 y 3 años, matriculados en CAI/PAI no registrados como Entidades de Educación.

El presente artículo se irá actualizando conforme se vayan verificando pasos del protocolo.

Acceso a la plataforma SANSONET.

Para la puesta en marcha es necesario que todos los centros CAI/PAI que están Acreditados en el Registro Regional de Centros Sociales y que no lo están en el Registro de Centros Educativos se encuentren registrados en SANSONET. De no ser así solicítelo a través del siguiente enlace:

Si por el contrario, lo que tiene el usuario y clave para acceder a su centro debe solicitarla en:

 geas-imas@listas.carm.es

Tambien podrá utilizar este correo para cualquier duda o aclaración que necesite en este proceso, tanto de tipo de manejo de la plataforma, como cualquier otra duda en el procedimiento que le pueda surgir.

Primeros Pasos . (Modelos necesarios)

Con la finalidad de tener preparados los documentos que serán necesarios para confirmar la solicitud de nuestro alumnos, será necesario informar a las familias y solicitarles los siguientes documentos, para que los tengan preparados.

1. Modelo de Consentimiento u Oposición a las consultas Interoperables.

Este modelo están obligados/as a cumplimentar y firmar todos los integrantes de la unidad familiar. En el caso de menores de 16 años (optativo), por patria potestad lo podrá firmar el padre o la madre.

Como podemos comprobar en el modelo existe una casilla para cada miembro de la unidad familiar, donde debe poner su dni (si lo tiene) su nombre y apellidos. Marcará en las casillas de consultas de interoperabilidad SOLAMENTE SI SE OPONE, y en dicho caso, será obligatorio que adjunte el documento acreditativo al que se OPONE. Debe firmar en la casilla de firma, tanto para indicar que consiente como para indicar que se opone.

Este modelo tiene una casilla más, por miembro de la unidad familiar de INGRESOS, se trata de que se indique los ingresos anuales brutos con la finalidad de que cuando traspasemos la información al formulario electrónico de confirmación de la solicitud tengamos ya este dato.

Solicitante y persona interesada  es quién solicita la subvención, es decir,  (padre, madre, progenitor, progenitora, tutor o tutora) en el apartado parentesco con el solicitante se han de especificar los parentescos de los mayores de 16 años , bien sean hijos o hijas, parejas, cónyuges, etc… que tengan ingresos con respecto al solicitante y persona interesada y que formen parte de la unidad familiar.

Modelo de clausulas familiares de consentimiento u oposición (Word)

2. Modelo de autorización en trámite electrónico.

Este modelo debe ser rellenado el tutor (padre o madre) que será la persona que presentará la solicitud. Este modelo es necesario para conceder poder legal de presentación telemática de la solicitud a favor de los profesionales del centro.

Modelo de Otorgamiento de Representación

3. Certificado de IBAN de la cuenta por la que se cobrará la ayuda.

Cualquier documento acreditativo donde aparezca el nombre de los titulares y los 24 dígitos del IBAN de dicha cuenta. (Certificado de la entidad, fotografía de la cartilla, fotografía de datos bancarios).

Recuerde que como titular debe aparecer el nombre de la persona solicitante.

4. Documento de Acreditación Familiar.

Libro de Familia o registro de inscripción.

Carga de datos para la confirmación de la solicitud.

Recuerde que la confirmación de estas solicitudes se efectuarán sobre el censo de niños y niñas registrados en SANSONET, y los datos de estos menores junto con el de un progenitor. Estos datos se trasportarán en la confirmación de la solicitud y al partir de la propia entidad, no será necesaria la emisión de certificaciones de esa entidad de la matriculación de estos menores.

Para registrarlos en la plataforma siga las instrucciones del siguiente video en el enlace:

ICC-SANSONET – ¿Cómo damos de alta menores con sus progenitores?


Articulo relacionado:

SUBVENCIONES – Preguntas y respuestas más frecuentes sobre el «Pequecheque» en CAI/PAI

Publicado en Jornadas, Eventos e Información Social, Menor y Familia, Subvenciones | Deja un comentario

ICC-SANSONET – ¿Cómo damos de alta menores con sus progenitores?

En determinados servicios CAI/PAI/CDIAT la plataforma en la alta de menores exige introducir los datos del progenitor, para saber como proceder aconsejamos que visualices este video.

Publicado en CATI - Atención temprana, ICC - Ingresos en Centros Públicos y Concertados, SANSONet - Red de Servicios Sanitarios y Sociales | Deja un comentario

SUBVENCIONES – Para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas y jóvenes en situación de vulnerabilidad social. Convocatoria 2023.

SERVICIO DE PROGRAMAS DE INCLUSION Y CORRESPONSABILIDAD SOCIAL

Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a Entidades del Tercer Sector para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas y jóvenes en situación de vulnerabilidad social.

Convocatoria 2023

El servicio de Programas de Inclusión ha enviado, con el fin de que sean valoradas por parte de los Servicios Sociales Municipales y/o especializados, las Memorias Técnicas de los proyectos presentados por las Entidades del Tercer Sector, en el marco de la convocatoria de 2023 de los:

Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social.

Programa 2: Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social.

Estas subvenciones están financiadas por el Fondo Social Europeo Plus y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el marco del Programa FSE+ de la Región de Murcia 2021-2027.

El informe debe realizarse en el modelo que se acompaña y, para que su contenido pueda ser tenido en cuenta para la valoración de los criterios de selección de las solicitudes presentadas, ser presentado en el plazo máximo de 10 días desde que se reciba el requerimiento.

Modelo de Informe

Publicado en Jornadas, Eventos e Información Social, Subvenciones | Deja un comentario

COLABORACIONES – Ayudas Next para colectivos vulnerables.

AYUDAS NEXT PARA COLECTIVOS VULNERABLES


Desde el pasado mes de junio, la Consejería de Fomento e Infraestructuras tiene abierto el plazo de la convocatoria de ayudas para las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (Programa 3). La renovación del parque de vivienda apuesta por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la integración de fuentes de energía renovable se acompañe de una mejora de la accesibilidad, conservación, mejora de la sostenibilidad y la funcionalidad de los edificios.

Los beneficiarios de las ayudas podrán cubrir entre el 40 y el 80% de los costes en función de los ahorros de consumo conseguidos. Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación, de forma exclusiva para ellos, la ayuda podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación.

El Colegio de Arquitectos de la Región de Murcia para facilitar la gestión de estas ayudas ha creado la Oficina de Apoyo a la Rehabilitación, es un instrumento al servicio de las administraciones locales, de los profesionales y del conjunto de la ciudadanía en general para que el mayor número de familias se beneficie de los fondos europeos y poder así mejorar su calidad de vida. En esta Oficina se dispone de bolsa de trabajo de arquitectos especialistas en rehabilitación. Los arquitectos acompañamos en todo el proceso de solicitud de ayudas, desde el principio elaborando el Libro del Edificio Existente, donde realizamos un primer diagnóstico del estado del edificio y las medidas a adoptar para mejorar la calidad de vida de los vecinos, hasta el proyecto de rehabilitación correspondiente, en el que se definen con precisión todas las tareas a desarrollar. Estos primeros pasos están totalmente subvencionados y suponen el punto de partida para poder optar al resto de ayudas.


Para contactar con la Oficina de Rehabilitación se puede escribir un correo a:

ayudasrehabilitacion@coamu.es

Publicado en Jornadas, Eventos e Información Social, Subvenciones | Deja un comentario

ICC/SANSONET – CDIAT ¿Cómo puedo saber las horas totales de tratamiento que impartimos?

Para obtener un total de horas impartidas detallada, entraremos en la opción de GESTION CON ATENCION TEMPRANA (CATI), y escogeremos la opción de Consulta de sesiones aplicadas por CDIAT.

El sistema nos devolverá un formulario donde nos mostrará en diversas columnas y filas, los menores que atendemos y el detalle de sus horas.

Una vez pulsado el sistema nos solicitará en que carpeta guardar el EXCEL y el nombre de archivo que le indicaremos.

Finalmente guardará el archivo en el lugar indicado y con el nombre indicado, permitiéndonos de desearlo abrirlo de modo inmediato desde esta misma pantalla.

Publicado en CATI - Atención temprana, ICC - Ingresos en Centros Públicos y Concertados, SANSONet - Red de Servicios Sanitarios y Sociales | Deja un comentario