GRADO DE DISCAPACIDAD – Cambios y reformas que lleva consigo el nuevo Decreto de Valoración del Grado de Discapacidad.

Con fecha 20 de Abril entró en vigor el nuevo Decreto de Valoración de Grado de Discapacidad, y además de introducir cambios en el procedimiento, también establece como obligación la de ofrecer un cuestionario voluntario al ciudadano de su situación a valorar.

                Entre los cambios significativos, se encuentra la obligación de utilizar un nuevo baremo (baremo de valoración de la discapacidad – BAREDI-)  publicado en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. El propio IMSERSO ha elaborado una herramienta informática a utilizar por las distintas CCAA para facilitar la aplicación del citado baremo.

Junto con la nueva herramienta de valoración (BAREDI) se han introducido otras modificaciones significativas, como la de utilizar los códigos de diagnóstico de la clasificación internacional CIE 10 en lugar de los antiguos códigos del IMSERSO de Deficiencias, Diagnóstico y Etiología  

                También modifica el criterio para determinar la existencia de dificultades para la utilización de transportes públicos (en adelante Movilidad Reducida). El valor de la movilidad, que en anterior baremo era un valor comprendido entre 0 y 15, siendo 7 el valor que daba derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento, con el actual se considera un valor comprendido entre 0 y 100 , siendo un valor igual o superior a 25 el valor que da derecho a la obtención de la tarjeta de estacionamiento, o dicho de otra manera, que cumple con la existencia de movilidad reducida.

                El problema es que ambos baremos conviven y coexisten, no solo porque existirán personas con valoración definitiva en el anterior baremo, sin tenerse previsto ser valorados con el nuevo, o valoraciones con fecha de revisión que se prolongan por varios años hasta ser de nuevo revisados con el nuevo baremo.

                A este problema hay que añadir, que con iguales patologías y estando exactamente igualmente afectado, sin que haya una mejoría o un empeoramiento, la misma persona puede dar dos resultados distintos en la valoración del grado, si se valorase su situación real con uno u otro baremo.

                Por ello existe disposiciones anteriores, sentencias y jurisprudencia que obliga que, en el caso que una persona valorada, con carácter definitivo, con el anterior baremo, y su resultado fuese mayor que valorada con el nuevo sistema, habría que conservarle o resolverle con los mismos valores que con el baremo anterior, salvo que quedase probado sin duda, que han variado las circunstancias de forma sustancial respecto a la valoración previa.

                Esto hace, que tengamos conviviendo a la vez con fechas de resolución actuales, valoraciones con el baremo del decreto anterior, como con el baremo del decreto nuevo. Lo que hace imposible distinguirlos de no indicarse el Decreto de Baremo al que pertenece la valoración, ya que por la fecha de resolución no es aplicable, por las razones anteriormente expuestas.

                No es menos problemático, la fecha de validez o de revisión, ya que esta ya no depende del que interesado haya presentado o no solicitud de revisión por finalización de plazo. El nuevo Decreto establece que las revisiones por finalización de plazo, no serán a instancia del interesado, sino de oficio y además, la situación de discapacidad se mantendrá  en vigor a pesar de la existencia de fecha de validez o de fin de plazo hasta que se resuelva dicha revisión.

El RD888/2022 establece en su articulo 12 las revisiones de oficio y en el 12.4 :

4. Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.

Una vez pasada la fecha limite de validez en el certificado se expresa que su situación es de prorrogado.

                Todo ello obliga al cambio en los formatos de nuestros certificados, al cambio en muchas de las rutinas de nuestros programas y al procesamiento de esta información, ya que un ciudadano con 20 puntos de movilidad no cumpliría para obtener la tarjeta de estacionamiento, y otro con 8 puntos sí, dependiendo de que sus valoraciones pendan de una valoración del baremo del decreto antiguo o del actual.

En este sentido ya publicamos el anterior artículo sobre los efectos de este nuevo Decreto sobre la movilidad.

TERE/VISI/SUSI/CORE – Nuevo Baremo de Valoración del Grado de Discapacidad y sus repercusiones en todos los procesos basados en el valor de la movilidad.

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SUBVENCIONES- «Pequecheque». – ¿Cómo saber en que estado se encuentra el expediente, y si se encuentra en espera de documentación a aportar?

Como veíamos en artículos anteriores, los CAI/PAI con acceso a ICC-SANSONET puede ver el desarrollo de los expedientes-solicitudes de sus representados.

¿Cómo consultar expedientes de ICC/SANSONET?

En este artículo explicábamos como ver estos expedientes y en estado en que se encuentran. Para ello nos mostraba como ver los pasos administrativos del proceso, en cual está y cuales nos quedan.

Para entender este proceso, hay que entender, que antes pagar ni un solo expediente, tienen que estar todos revisados y vistos, ya que para realizar el pago debe haberse emitido una única resolución que resuelva todos los expedientes, los concedidos, los denegados o los desistidos (no han completado o entregado la documentación).

Así pues, de ello podemos deducir:

– No cobraran escalonadamente, conforme se resuelven, si no todos a la vez.
– No se comenzará a realizar los pagos de todos hasta que no se complete hasta la última de las solicitudes presentadas.

De ahí, que pidamos nuevamente vuestra colaboración para realizar la entrega y subsanación de documentos, lo más rápida y ordenadamente posible, y de ahí que se establezca un plazo para la entrega de documentos o subsanación, trascurrido este, se entiende que la persona interesada DESISTE (no tiene interés) en le sea concedida su solicitud, ya que de no haber plazo, siempre habría un expediente pendiente de algún documento y por consiguiente, todos pendientes de pago.

¿Cómo sé, en que paso está y si puedo o no puedo colaborar en que avance el expediente?

Para ello repasaremos los distintos pasos en los que nos encontraremos los expedientes, y si esté requiere o no de mi colaboración.

OrdPasoDescripciónAclaración¿Quién?
10001Solicitud incoada del InteresadoEl personal gestor ha recogido la solicitud que presentamos y ha abierto un expediente donde adjunta toda la documentación que presentamosGestores
21110¿Se necesita pedir documentación al interesado?Los gestores están examinando la documentación necesaria y en caso de necesitarse realiza la petición al interesadoGestores
31210Pendiente de entrega de documentación por el interesadoLos gestores en el paso anterior detectaron la necesidad de solicitar documentación y la han solicitado en espera de que sea entregadaInteresado (Represen)
43000BastanteoLos gestores una vez recibida la documentación necesaria, están realizando las interoperabilidades necesarias y comprobando los requisitos de los solicitantesGestores
54910Realizado el Informe PropuestaEl responsable ya ha realizado el informe propuesta, proponiendo la concesión, denegación o desestimiento, según le haya indicado el gestor en el paso anteriorGestores
65020Realizada la ResoluciónEl máximo responsable del proceso ya ha emitido una Resolución Resolviendo lo que el responsable le ha propuestoGestores
75050Oficio de NotificaciónLos gestores realizan el oficio de notificación al interesado comunicándole la ResoluciónGestores
86250Notificación en Sede ElectrónicaSe envía el oficio de notificación por medios electrónicos a la SEDEGestores
95120Notificación en papelSe envía por correos el oficio de notificación a aquellos interesados que no han elegido medios electrónicosGestores
106270Incluido en relación de pagosAquellos que han sido concedidos se incluyen en una relación de pagos por trasferencia por los importes solicitadosGestores
119900Proceso TerminadoEl expediente está concluido, con el pago realizado a los concedidos o cerrado pendiente de recurso a los denegados o desistidosGestores Interesado

Como vemos, podemos colaborar en un solo paso, en el más importante y del que depende la resolución individual del interesado como del global de todos: 1210 Pendiente de Entrega de documentos del Interesado. En unos días nos aparecerán iluminados en la pantalla de consulta de expedientes.

¿Cómo colaboro en este proceso?

Si tenemos un expediente en esta situación, lo que podemos hacer, es comprobar que se le pide al interesado, obtener el documento de petición y entregárselo a los interesados.

Estos pueden entregarlos ellos mismo, sin necesidad de un certificado electrónico, pero necesita el documento, o por el contrario, entregarlos nosotros por él para ayudarle en esta «brecha digital» en la que trabajamos todos los días para que deje de existir.

El interesado lo puede entregar el mismo, tal y como le indica el propio documento accediendo desde cualquier dispositivo a un enlace y teniendo los documentos escaneados tal y como indica este artículo/video:



O podemos hacerlo nosotros mismos desde el Gestor de Consulta de expedientes, de donde mismo hemos obtenido el documento de petición, tal y como indica el siguiente artículo/video:

Publicado en ICC - Ingresos en Centros Públicos y Concertados, SANSONet - Red de Servicios Sanitarios y Sociales | Deja un comentario

PETIDOC – Gestión de Expedientes externos. Solicitudes de petición de documentos, detalle y entrega desde la gestión de expedientes externos.

Si debido a nuestra tipo de gestión (CAI/PAI, CDIAT, Alojamiento Temporal en pisos o albergues), disponemos en nuestra plataforma (ICC-SANSONET, CATI, VISI, SUSI etc..) de la consulta sobre la gestión de expedientes de nuestros usuarios y residentes, tambien podemos colaborar con nuestros usuarios/representados en la entrega de documentación en estos expedientes.

Nos enteraremos de que le ha sido solicitada mediante PETIDOC documentación a un expediente de un usuario/representado nuestro por varios canales:

1. En nuestra bandeja de Tareas (BELEN)
2. Porque nos ha llegado un correo electrónico indicándonoslo
3. Porque el interesado/representado nos lo indica.

Para entregar estos documentos solicitados, tanto el interesado/representado como nosotros podemos hacer la entrega de estos documentos, y revisar si dicha documentación ya ha sido entregada. NO ES NECESARIO en ninguno de ambos casos disponer de CERTIFICADO ELECTRÓNICO, tan solo hace falta, una cuenta de correo donde recibiremos la clave de confirmación.

Lo podemos hacer de dos modos posibles, bien directamente accediendo al formulario de entrega de documentos PETIDOC directamente, o bien desde la gestión de expedientes. Veamos ambos casos.

Directamente.

Accederemos al enlace:

https://entregadocumentossociales.carm.es

Para ver su manejo acceda al siguiente video.

Desde la plataforma y gestión externa.

Para ello desde nuestra gestión externa de expedientes y situados sobre el expediente de nuestro usuario/representado (1), pulsaremos la opción de CONSULTA PETICION (2).

Una vez pulsada esta opción, el sistema nos mostrará todas las peticiones de documentos realizadas mediante petidoc, con la finalidad de que podamos consultarlas, para saber que se pidió, si se entregó o incluso entregarlas nosotros mismos.

3. Número de Petición PETIDOC: nos muestra la referencia y número de la petición de PETIDOC, referencia que nos solicitará para la entrega de documentos.

4. Ver documento de petición: nos muestra el documento de solicitud de documentación que se ha confeccionado.

6. Entrega de Documentos: nos lleva directamente al formulario de doble factor (sin necesidad de certificado electrónico) para entregar la documentación, al ir directamente desde este punto, no es necesario introducir el dni del interesado, ni el número de la referencia petidoc.

Puede ver como se maneja este formulario pulsando este enlace.

5. Detalle de la petición: nos permite entrar en el detalle de la petición de documentación realizada, generalmente innecesario ya que el documento de petición lo expresa con mayor claridad, si bien, esta pantalla nos aporta en caso de varios documentos, si todos o solo algunos de ellos han sido entregados.

Una vez entramos, el sistema nos indica que no podremos hacer ninguna modificación a la documentación solicitada, solo consultarla.

7. Número de Petición PETIDOC: nos muestra la referencia y número de la petición de PETIDOC, referencia que nos solicitará para la entrega de documentos.

8. Tipo de documentos solicitado: clase de documento solicitado y dni del interesado al que se le solicita.

9. Aclaración de la petición: nos muestra las aclaraciones y detalles de la petición del documento seleccionado en el punto 8.

10. Ver documento: nos muestra el documento de petición por el que le solicitábamos documentos al interesado.

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FAQ – OAS – No conecto a OAS, me dice que no puedo INICIAR LA CONEXION, servidor inexistente.

Estábamos accediendo sin problemas a OAS (ICC-SANSONET-SUSI-TERE-CORE-VISI) y de pronto no puedo entrar, me dice al intentar ejecutarlo que NO SE PUEDE INICIAR error en el servidor.

Esto puede ser debido a que hemos actualizado AUTOFIRMA y al hacerlo nos ha insertado una línea de comando que debemos anular. De ser por este motivo, siguiendo los siguientes pasos resolveremos el problema.

SOLUCION

1. Acceder al explorador de Archivos.

Lo primero que debemos hacer es acceder al explorador de archivos, tendremos un icono en la barra de tareas.

Si no tenemos ese icono en la barra, tenemos otra forma de acceder desde el menú de Windows

2. Este equipo.

Una vez ya en el explorador de archivos, tendremos que darle a «Este Equipo», que lo tendremos en el lateral derecho.

Ya en «Este equipo» nos aparecen los Dispositivos y Unidades que tenemos. Tenemos que darle a «Windows(C)» o «Disco Local (C)».

Ahora accedemos a la carpeta «Usuario», puede darse el caso que aparezcan dos carpetas Usuario, tendremos que acceder a la que tiene la «U» mayúscula.

Dentro de la carpeta nos aparecerán distintos usuarios, deberemos acceder al nuestro, con el que hemos accedido.

3. Editando el archivo de accesibilidad.

Dentro de un usuario nos deberá aparecer el archivo: .accesibility.properties

Una vez seleccionado el archivo le damos al clic derecho y nos saldrá el menú desplegable. Le damos a «abrir con«.

Al darle a «Abrir con» nos saldrá un menú, ahí le damos a «Más aplicaciones».

Nos mostraras varias aplicaciones, la que nos interesa es el «Blog de notas», la seleccionamos y le damos a «Aceptar».

Se nos mostrará lo siguiente:

Aquí SOLO tendremos que escribir un:

;

al principio de la línea. Quedando de la siguiente manera:

Una vez editado el fichero, podemos cerrar el documento y nos dirá si queremos guardar el fichero, le daremos a guardar. Ya habiendo realizado todos estos pasos el IMASCC – OAS debería funcionar.

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SUBVENCIONES – Subvenciones Nominativas y Concesiones Directas de la Dirección General de Personas Mayores

Subvenciones Nominativas y Concesiones Directas de la Dirección General de Personas Mayores

La tramitación de la concesión de esta subvención se inicia de oficio por la Dirección General de Personas Mayores.

PROCEDIMIENTO.

1. Las entidades beneficiarias de una Subvención Nominativa o de una Concesión Directa, recibirán por SEDE ELECTRÓNICA (Sujetos obligados), una comunicación de la Dirección General de Personas Mayores donde le indica el código de su expediente de referencia de concesión:

Tipo de expediente: se compone de 4 letras (tpsv), ejemplos sería: CDCV, CSSN, SSAM, CSSE, etc..,
Ejercicio: destinados al ejercicio económico de la subvención (aaaa), ejemplos serían: 2020, 2021, 2022, 2023, etc..,
Número del expediente: destinados al número de sus expediente de concesión (nnnnnnnn) ejemplos serían: 1, 234, 1430, etc..
Procedimiento: destinado al tipo de procedimiento (pr), generalmente salvo se indique lo contrario en su oficio será «0».

tpsv/aaaannnnnnnn.pr

Tipo ExpedienteFinalidades
CDCVIndemnizaciones por gastos producidos por el COVID19
SSAMExpedientes para mantenimiento de actividades y servicios sociales
CSSNSubvenciones Genéricas: Construcciones, reformas y ayudas a equipamiento
CSSESubvenciones MMR para Construcción o remodelación de centros de Atención Residencial para Personas Mayores

2. Las entidades beneficiarias de la subvención tendrán que entrar al formulario electrónico del procedimiento 3494 con su certificado electrónico de representante legal de entidad para ACEPTAR la subvención y APORTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA, dependiendo del tipo de expediente indicado.


Expediente tipo «SSAM»

1. Proyecto.

2. Acuerdo del representante legal de la entidad sobre la aceptación de la subvención

3. Certificado bancario en el que conste el número de cuenta corriente en la que haya de ser ingresado el importe de la subvención.


Expediente tipo «CSSN»

1. Proyecto.

2. Acuerdo del representante legal de la entidad sobre la aceptación de la subvención

3. Certificado bancario en el que conste el número de cuenta corriente en la que haya de ser ingresado el importe de la subvención.


Expediente tipo «CSSE»

ANEXODENOMINACIÓNArt. de referencia
IEntidades Beneficiarias-Art. 5 (Beneficiarios)
Art. 6 (Financiación)
IIProyectoArt. 4.1.B) (Documentación a presentar)
IIIDeclaración de Compromiso a conceder los accesos y derechos para garantizar el ejercicio de competencias de las Instituciones Nacionales y ComunitariasArt. 4.1.D) (Documentación a presentar)
IVDeclaración de Compromiso a  la cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliciencia (PRTR)-Art. 4.1.E) (Documentación a presentar) -Art. 10.2 (Pago de subvenciones)
VModelo de declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH) en el sentido del artículo 17 del Reglamento  (UE) 2020/852Art. 4.1.F) (Documentación a presentar)  
VIDeclaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)Art. 4.1.G) (Documentación a presentar)  
VIIDeclaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)-Art. 4.1.H) (Documentación a presentar) -Art. 8.4.e) (Subcontratación)  
VIIIInforme Semestral de EjecuciónArt. 11.1.j) (Obligaciones)
IXMemoria de actuación justificativa de la subvención-Art. 14.5.1.a) -Art. 14.5.2.a) (Justificación)
XMemoria económica-Art. 14.5.1.b) -Art. 14.5.2.b) (Justificación)
XICertificación contable de justificantes de gasto y pagos-Art. 14.5.1.b) -Art. 14.5.2.b) (Justificación)
XIILogotipos obligatorios en material impreso y difusión de actividades financiadas con esta subvenciónArt. 16.4 (Publicidad y difusión)


Para saber como acceder al formulario y como rellenarlo pulse aquí

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RECOMENDACIONES DE PREVENCIÓN Y CONTROL ANTE LA APARICIÓN DE UN BROTE DE GASTROENTERITIS AGUDA EN RESIDENCIAS DE PERSONAS MAYORES

Consejería de Salud

Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Servicio de Epidemiología.

Abril 2023

Es un placer comunicaros que hemos publicado, desde el SERVICIO DE EPIDEMIOLOGIA, el protocolo de Recomendaciones de prevención y control ante la aparición de un brote de gastroenteritis aguda en residencias de personas mayores, elaborado en ABRIL DE 2023.

Esperamos que sea de utilidad para las Residencias ya que es importante la planificación y formación de sus profesionales en este tipo de brotes, con el objetivo de prevenirlos y en caso de que aparezca en un centro, que los profesionales de las residencias conozcan las pautas a llevar a cabo para que coordinemos su mitigación y control lo antes posible. 

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SUBVENCIONES – «SOFIA 0.7» – Apertura de plazo para la presentación de Subvenciones a ONG con Fondos de Irpf Autonómico.

Se encuentra abierto el plazo desde el 26 de Mayo de 2023 se abrió el plazo para la presentación de solicitudes, plazo que finalizará el próximo 26 de Junio de 2023 Existe un formulario electrónico específico para ello.

Manual de instrucciones.

Es aconsejable que lea el presente manual de instrucciones antes de completar el formulario para su presentación.

¿Cómo presentarlo electrónicamente?

Para ello dispone del formulario específico que puede encontrar en la sede en el procedimiento 2448 o directamente desde este enlace.

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NORMALIDAD – Se reanudan los servicios de atención temprana, centro de día para personas mayores y centro de día y de promoción de la autonomía personal para personas con discapacidad suspendidos por la situación de alerta meteorológica.

Finalizada la situación de alerta naranja activada por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para el martes 23 de mayo de 2023, se comunica a los centros de atención temprana, centros de día para personas mayores, así como a los centros de día y de promoción de la autonomía personal para personas con discapacidad de los municipios de Águilas, Aledo, Alhama de Murcia, Cartagena, Fuente Álamo, La Unión, Lorca, Los Alcázares, Mazarrón, Puerto Lumbreras, San Javier, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco y Totana, que a partir del 24 de mayo de 2023 se reanuda la actividad en todos los centros que formen parte de la red pública de servicios sociales.

EL DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL
Raúl Nortes Ortín

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ALERTA NARANJA – Se suspende los servicios de atención temprana, centro de día para personas mayores, centro de día y de promoción de la autonomía personal para personas con discapacidad de determinados municipios por la situación de alerta meteorológica.

Debido a la situación de alerta naranja activada por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para el martes 23 de mayo, por la previsión de fuertes lluvias y tormentas localizadas, se comunica a los centros de atención temprana, centros de día para personas mayores, así como a los centros de día y de promoción de la autonomía personal para personas con discapacidad de los municipios de Águilas, Aledo, Alhama de Murcia, Cartagena, Fuente Álamo, La Unión, Lorca, Los Alcázares, Mazarrón, Puerto Lumbreras, San Javier, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco y Totana, que queda suspendida la actividad en todos los centros que formen parte de la red pública de servicios sociales, a fin de evitar desplazamientos de colectivos especialmente vulnerables. Así mismo, se recomienda al resto de centros que, en la medida de lo posible, adopten medidas similares.

En caso de prolongarse la situación de alerta naranja establecida por la AEMET, o ampliarse a otros municipios, la suspensión se hará extensiva a dichos municipios y continuará para las áreas afectadas, hasta tanto finalice dicha situación.

EL DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL
Raúl Nortes Ortín

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TERE – ¿Cómo leer desde un dispositivo móvil electrónico con conexión a internet la validez de una tarjeta de Estacionamiento?

Para ello debe ser un agente autorizado, Policía Local u otro profesional dedicado al control de estacionamiento y haber sido habilitado para ello por el Imas a petición de su Concejalía del Ayuntamiento correspondiente en la plataforma TERE (Tarjeta de Estacionamiento Registro Electrónico).

El proceso de autorización es como se indica en el siguiente artículo.

Las personas autorizadas podrán acceder a dicho sistema de validación de tarjetas desde el siguiente enlace:

validatere.carm.es

En el siguiente video podrá ver como operar con esta utilidad:

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